Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 10/06/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 30 de junio de 2015, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Purchena, dimanante de autos núm. 1041/2013. (PP. 1084/2016).

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NIG: 0407641C20131000875.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1041/2013. Negociado: C1.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Mármoles La Viña, S.L.U.

Procuradora: Sra. Ana Navarro Cintas.

Contra: Arriaga Zona Centro, S.L.U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1041/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Purchena a instancia de Marmoles La Viña, S.L.U contra Arriaga Zona Centro, S.L.U., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 33/2015

En Purchena, a veinticinco de febrero de dos mil quince.

Vistos por don Luis Rodríguez Casero, Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Purchena (Almería), los autos correspondientes al procedimiento de juicio ordinario 1041/2013, promovido por la representación procesal de la parte demandante Mármoles La Viña, S.L., frente a la parte demandada Arriaga Zona Centro, S.L.U., se dicta la presente resolución en base a los siguientes

FALLO

Que estimo en su integridad la demanda interpuesta por la representación procesal de la parte actora Mármoles La Viña, S.L., frente a la parte demandada Arriaga Zona Centro, S.L.U., y en consecuencia, condeno a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de dieciocho mil quinientos diecinueve euros con diecisiete céntimos (18.519,17 euros), cantidad que devengará los intereses legales a contar desde la fecha de interposición de la demanda y el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la sentencia hasta la de su total cumplimiento, y se impone a la parte demandada Arriaga Zona Centro, S. L. U., el pago de las costas causadas en esta instancia.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Arriaga Zona Centro, S.L.U., extiendo y firmo la presente en Purchena, a treinta de junio de dos mil quince.- La Secretario.

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