Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 17/06/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Resolución de 8 de junio de 2016, de la Dirección General de Administración Local, por la que se crea y clasifica el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención en la Entidad Local Autónoma de Bobadilla Estación (Málaga) como puesto reservado a Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

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La Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma de Bobadilla Estación (Málaga), mediante acuerdo adoptado con fecha 18 de abril 2016, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local, la clasificación del puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

La documentación presentada para la acreditación de las circunstancias que exceptúan las limitaciones a la creación de empleo público se concreta en certificado acreditativo del acuerdo de la Junta Vecinal de la Entidad Local Autónoma de Bobadilla Estación motivando la necesidad del puesto y certificado del Secretario del Ayuntamiento de Antequera acreditando que el mencionado puesto ha sido incluido en la plantilla del Presupuesto General de la Entidad para 2016 y sus características, que el mismo cuenta con la dotación presupuestaria suficiente y adecuada para hacer frente al gasto y que la creación del puesto cumple con lo dispuesto en la Ley 48/2015, de 29 de octubre de Presupuestos Generales del estado para 2016.

Se ha instruido el preceptivo expediente en atención al contenido de los artículos 118 y 129 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 8 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aplicable en virtud de la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 92.bis, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, el artículo 159 del Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y por el artículo 12.2.d) del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Crear y clasificar el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención en la Entidad Local Autónoma de Bobadilla Estación (Málaga) en clase tercera, para su desempeño por funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención.

Segundo. El sistema de provisión del puesto, que tiene asignado nivel 26 de complemento de destino, será mediante concurso de méritos.

Tercero. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Sevilla, 8 de junio de 2016.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

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