Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 03/11/2016

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 21 de octubre de 2016, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca a concurso público contratos para obra o servicio determinado de Técnicos de Apoyo a la Investigación (Rf.ª: 02/16).

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Vista las propuestas formuladas por los Investigadores Principales, tal y como se describe en el Anexo II de esta Resolución, en la que solicitan la contratación de Técnicos de Apoyo a la Investigación que colaboren en la definición, elaboración y desarrollo de los fines, objetivos y actuaciones de los Proyectos referenciados en el mismo.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo núm. 20 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y en el núm. 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Considerando el informe favorable emitido por el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de Tecnología de esta Universidad sobre la adecuación y oportunidad de las propuestas.

La Universidad Pablo de Olavide ha resuelto:

Primero. Convocar, con arreglo a las normas que se contienen en esta Resolución y sus Anexos, los procesos selectivos reflejados en el Anexo II.

Segundo. Con el fin de facilitar la lectura y evitar el desdoblamiento que supone utilizar en español vocablos tales como o/a, os/as, es/as, para marcar que el texto se está refiriendo tanto a hombres como a mujeres, se ha optado por utilizar el masculino genérico, en el entendido que todas las menciones van dirigidas a ambos, a hombres y a mujeres.

Tercero. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 21 de octubre de 2016.- El Rector, Vicente Carlos Guzmán Fluja.

ANEXO I

Bases comunes

1. Bases comunes:

Los procesos selectivos convocados por esta resolución, se regirán por lo dispuesto en:

- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

- El «Reglamento sobre contratación de personal con cargo a créditos de Investigación», aprobado por la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide en su sesión número 41.ª de fecha 19.2.2002 (Acta 2/2002, punto 9.º).

- Las demás normas vigentes que sean de aplicación.

- Las bases comunes establecidas en el Anexo I serán de aplicación a todos los procedimientos convocados por esta Resolución, así como por las particularidades establecidas para cada uno de ellos en el Anexo II.

Las solicitudes serán resueltas en el plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Una vez transcurrido este último plazo sin haberse notificado resolución expresa, los interesados estarán legitimados para entender desestimadas sus solicitudes.

2. Solicitantes.

Podrán solicitar tomar parte en la presente convocatoria los solicitantes que reúnan los siguientes requisitos:

2.1.a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.

b) También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y también de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

c) Quienes no estando incluidos en los apartados anteriores se encuentren residiendo en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los que tengan la condición de refugiados.

2.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación. Estas dos circunstancias deberán estar acreditadas durante todo el periodo de contratación.

2.2. Estar en posesión de las condiciones académicas o de titulación requeridas en el Anexo II de esta Resolución. Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales, deberán estar homologados o reconocidos a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.

2.3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.5. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano.

2.6. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la adjudicación de los correspondientes contratos.

3. Cuantía de los contratos.

3.1. La dotación económica de los contratos será la especificada en el Anexo II para cada uno de los procesos selectivos.

3.2. Las contrataciones implicarán, además, el alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

4. Efectos de los contratos.

Una vez reunida la Comisión Evaluadora correspondiente para cada proceso selectivo, y seleccionado el contratado en cada caso, la contratación laboral surtirá efecto en alguno de los veinte días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Tablón Electrónico Oficial.

5. Duración del contrato.

La duración de los contratos convocados vendrá determinada por la duración y disponibilidad presupuestaria de la obra o servicio. Será, además, la especificada en el Anexo II y podrá prorrogarse sin que, en ningún caso, la duración del contrato, incluidas las posibles prórrogas, puedan superar la duración del proyecto, contrato o convenio de investigación que lo soporta.

6. Solicitudes.

6.1. Los candidatos deberán presentar su solicitud en los quince días naturales siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

6.2. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado, conforme al modelo recogido en el Anexo III de esta Resolución, y se presentarán, dirigidas al Sr. Vicerrector de Investigación y Transferencia de Tecnología, en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, sita en Carretera de Utrera, km 1, 41013, Sevilla, o por cualquier otro de los métodos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), debiendo, en ese caso, comunicar tal circunstancia a la Universidad Pablo de Olavide (Área de Investigación), mediante fax (al número 954 349 193) o telegrama.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas.

En caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o festivo, el plazo se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.

6.3. En la solicitud, los solicitantes deberán indicar la referencia del proceso selectivo al que deseen concursar, tal y como se refleja en el Anexo II de esta Resolución.

6.4. Los interesados pueden utilizar el modelo de solicitud (Anexo III), así como el resto de Anexos a presentar (Anexos IV y V), que se adjuntan al final esta Resolución. No obstante, los interesados los tienen a su disposición en el Área de Investigación (Ctra. de Utrera, s/n, Sevilla, Edificio núm. 44, planta 2.ª, Campus de la Universidad Pablo de Olavide).

6.5. A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:

- Currículum vitae del solicitante.

- Fotocopias del título (o resguardo de haberlo solicitado) y de la certificación académica oficial.

- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

- Resto de méritos debidamente documentados, según los requisitos de la convocatoria.

- Anexos IV y V de esta convocatoria, debidamente formalizados.

6.6. Los méritos que se aleguen tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no serán tenidos en cuenta para la evaluación de las solicitudes de los candidatos.

6.7. El candidato seleccionado deberá presentar los originales de la documentación aportada en su solicitud, para la correspondiente formalización del contrato.

6.8. Una vez finalizado el proceso selectivo, los aspirantes no seleccionados podrán solicitar por escrito la devolución de la documentación aportada que, en caso de no solicitarse su devolución, podrá ser destruida en un plazo no inferior a dos meses contados a partir de la fecha de la propuesta de contratación de la correspondiente Comisión Evaluadora. En ningún caso serán devueltas a los interesados las copias cotejadas por esta Universidad para la participación de aquéllos en el presente procedimiento selectivo.

7. Admisión de candidatos.

7.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, se dictará resolución administrativa, en el plazo de diez días hábiles, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación expresa de la causa de exclusión. Esta resolución, así como todas las comunicaciones posteriores del procedimiento referidas a la presente convocatoria, serán publicadas en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de esta Universidad (https://upo.gob.es/teo).

7.2. Los candidatos excluidos o que no figuren en la relación de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución del párrafo 7.1, para subsanar el defecto que causare la exclusión o la omisión.

7.3. Los candidatos que no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, lo que justificaría su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del procedimiento de selección. Por lo que, a estos efectos, los candidatos deberán comprobar no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

7.4. La Resolución que eleve a definitiva la lista de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

8. Selección de las solicitudes.

8.1. Los procesos de selección convocados por esta Resolución, serán resueltos por el Rector de la Universidad Pablo de Olavide o Vicerrector en quien delegue, según la propuesta que realice la correspondiente Comisión Evaluadora. En la resolución se incluirá el candidato al que se le adjudica el contrato, entendiéndose desestimadas el resto de las solicitudes presentadas.

8.2. Las Comisiones Evaluadoras seleccionarán las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria y, posteriormente, elevarán al Rector propuesta de contratación de los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación. No obstante, las Comisiones podrán proponer la no provisión de alguna o todas las plazas convocadas si en la evaluación de los candidatos, observaran que ninguno de ellos reúne las condiciones del perfil y/o los requisitos mínimos solicitados en la convocatoria.

9. Criterios de selección.

9.1. Las Comisiones Evaluadoras valorarán con carácter general las siguientes particularidades referidas a los candidatos que cumplan los requisitos mínimos y el perfil del contrato establecidos en el Anexo II de Condiciones Particulares:

- Expediente, títulos y formación: Considerando la calidad y relación del expediente académico del candidato con el proyecto de investigación en curso se otorgará hasta un máximo de tres (3) puntos por este concepto.

Se obtendrá la nota media del expediente académico correspondiente a la titulación exigida en el Anexo II de esta convocatoria como requisito mínimo indispensable de los candidatos.

Para realizar esta baremación se aplicará la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos por el candidato, multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan (dicho valor se describe en la tabla que figura a continuación); el resultado así obtenido se dividirá por el número de créditos totales obtenido por el candidato, lo que dará como resultado la nota media del expediente académico.

En caso de que el expediente esté distribuido por asignaturas (en vez de créditos), se sumará el valor de cada una de ellas (dicho valor se describe en la tabla que figura a continuación), el resultado así obtenido se dividirá por el número de asignaturas computadas, lo que dará como resultado la nota media del expediente académico.

• Aprobado: 1.

• Notable: 2.

• Sobresaliente: 3.

• Matrícula de Honor: 4.

- Experiencia profesional y/o investigadora relacionada con los requisitos de la convocatoria específica: se otorgarán hasta una valoración máxima de tres (3) puntos, a razón de 0,2 puntos por mes trabajado en puestos de la misma o superior categoría, siempre que se acredite la realización, a jornada completa, de las funciones que se determinan en el Anexo II. En caso de acreditarse la experiencia en puestos desarrollados en jornada reducida, la puntuación por este concepto se verá reducida en la misma proporción que dicha jornada.

- Adecuación de los méritos, capacidad y experiencia del candidato a las necesidades de la labor a realizar: valorado hasta un máximo de tres (3) puntos.

- Otros méritos que específicamente vengan determinados en los correspondientes anexos y que habrán de acreditarse documentalmente: Valorados hasta un máximo de un (1) punto.

- Si las Comisiones Evaluadoras lo estimasen conveniente, los solicitantes podrán ser convocados a la realización de una entrevista y/o prueba práctica directamente relacionadas con las funciones a desempeñar. En este caso, la entrevista será valorada con un máximo de tres (3) puntos y la prueba práctica con un máximo de cinco (5) puntos.

9.2. Las Comisiones no valorarán los méritos de aquellos candidatos que no cumplan con los requisitos mínimos y perfil del contrato establecidos en el Anexo II.

10. Comisiones Evaluadoras de las solicitudes.

10.1. Para cada uno de los procesos selectivos reflejados en el Anexo II de esta Resolución, se constituirá una Comisión de Evaluación, que estará integrada de la siguiente manera:

- El Sr. Vicerrector de Investigación y Transferencia de Tecnología que actuará como Presidente.

- El vocal titular de la Comisión de Investigación de la Universidad Pablo de Olavide que ostente en la misma la representación departamental más afín al perfil del contrato.

- Un miembro propuesto por la representación de personal laboral de la Universidad.

- El Director del Área de Investigación que actuará como Secretario, con voz, pero sin voto; en caso de ausencia le sustituirá un funcionario de esa Área.

10.2. Las Comisiones de Evaluación podrán disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas. Estos asesores colaborarán, exclusivamente, en el ejercicio de sus especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como especialistas:

- El Investigador responsable del proyecto, grupo, contrato o convenio de Investigación objeto del contrato.

- Un Doctor propuesto por el Investigador Principal, con experiencia en la investigación a realizar por los contratados/as.

11. Actas.

El Secretario levantará acta de la sesión de cada Comisión Evaluadora y recogerá, explícitamente, el orden priorizado de los solicitantes a efectos de su posible sustitución en caso de renuncias o reclamaciones.

12. Propuesta de contratación.

Efectuada la selección del candidato o candidatos, se elevará la propuesta de contratación al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide.

13. Finalización del procedimiento selectivo.

El procedimiento de selección finalizará con la publicación en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de la Resolución Rectoral en la que se adjudique el contrato o contratos ofertados o se declare la no-provisión de todos o algunos de ellos, por no reunir los candidatos las condiciones del perfil y/o los requisitos mínimos solicitado en la convocatoria, o por no existir solicitudes válidas.

14. Incompatibilidades.

Para la formalización del contrato, el contratado deberá formular declaración de no poseer o ejercer, en el momento de su contratación, empleo público o privado incompatible con las funciones a desempeñar. La comprobación, en cualquier momento, por parte de la Universidad Pablo de Olavide de la existencia de una actividad incompatible según la normativa de aplicación, supondrá la inmediata rescisión del contrato de trabajo adjudicado.

ANEXO II

Procesos selectivos y condiciones particulares

1. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PNC1619

1.1. Número de contratos: 1.

1.2. Referencia: PNC1619.

1.3. Proyecto de Investigación: Proyecto «BFU2014-56692» denominado El Aprendizaje como Estado Funcional Cerebral: Estudios en Mamíferos Silvestres y Manipulados Genéticamente, proyecto incluido en el Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, Convocatoria 2014, Modalidad 1: Proyectos de I+D+I del Ministerio de Economía y Competitividad, cofinanciado con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), con cargo del crédito presupuestario 20.01.60.23.16 541A 645.01.20 (expediente económico número 2016/2103) de la Universidad Pablo de Olavide.

1.4. Responsable del Proyecto de Investigación: Doña Agnès Gruart i Massó.

1.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en la base común número 10 del Anexo I de esta Resolución, con la siguiente especificidad:

1.5.1. Representante/s en la Comisión Evaluadora: Doña Agnès Gruart i Massó y donJosé María Delgado García.

1.6. Perfil del contrato: El candidato seleccionado deberá acreditar documentalmente que cuenta con los siguientes conocimientos y/o experiencia:

- Análisis de grandes bases de datos experimentales y el diseño y programación de herramientas analítico-experimentales optimizadas.

- Tratamiento estadístico, procesamiento de señales neurofisiológicas y neuro-minería de datos.

- Desarrollo de aproximaciones analíticas y modelos fenomenológicos de sistemas neuronales.

- Desarrollo de herramientas especiales para estudiar fenómenos neurales específicos tales como las redes de oscilaciones, la memoria y el aprendizaje.

1.7. Requisitos mínimos de los candidatos:

- Doctor.

1.8. Condiciones del contrato:

- Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación con Grado de Doctor.

- Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 2.655 €.

- Horas semanales: Tiempo completo.

- Duración: Hasta el 31 de enero de 2017.

1.9. Otros méritos a valorar:

- Licenciatura en Física o Matemáticas.

- Doctor en el campo de las Neurociencias matemática o computacional.

- Formación en modelado computacional y análisis de registros neuronales y/o técnicas de minería de datos bioexperimentales.

- Publicaciones científicas relacionadas con los requisitos del puesto.

- Especialización relacionada con la caracterización cinético-cinemática de procesos cerebrales afines al aprendizaje y la memoria.

- Experiencia en programación (MATLAB, OCTAVE, o Lenguaje C).

- Experiencia en adquisición, procesamiento digital de señales electrofisiológicas y análisis cuantitativo de datos experimentales, incluyendo el análisis multivariado de registros neurales en el dominio del tiempo, la frecuencia y el espacio de fase, así como conocimientos sobre técnicas espectrales, de casualidad y de conectividad cerebral (The Virtual Brain, BSMART, o CHRONUX).

- Experiencia previa con registros electromiográficos y de actividad neuronal, y un adecuado conocimiento de programas de adqusición como Spike2 y SigAVE, así como de diseño experimental, estadístico y de representación (SigmaPlot y Corel Draw).

2. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PNC1620

2.1. Número de contratos: 1.

2.2. Referencia: PNC1620.

2.3. Proyecto de investigación: Proyecto «BIO2013-48858-P» denominado Identificación y Caracterización de Glicoproteínas del Hongo Fitopatógeno Ustilago Maydis implicadas en el Proceso Infectivo de la Planta Maíz, proyecto incluido en el Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, Convocatoria 2013, Proyecto de I+D del Ministerio de Economía y Competitividad, cofinanciado con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Comisión Europea (FEDER), con cargo del crédito presupuestario 20.02.60.23.20 541A 645.01.20 (expediente económico número 2016/2186) de la Universidad Pablo de Olavide.

2.4. Responsable del Proyecto de Investigación: Don José Ignacio Ibeas Corcelles.

2.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en la base común número 10 del Anexo I de esta Resolución, con la siguiente especificidad:

2.5.1. Representante/s en la Comisión Evaluadora: Don Manuel Jesús Muñoz Ruiz.

2.6. Perfil del contrato: El candidato seleccionado deberá acreditar documentalmente que cuenta con los siguientes conocimientos y/o experiencia:

- Técnicas de genética, biología molecular (extracción y análisis de ADN y ARN, PCR, electroforesis, etc…), microscopía, citometría, proteomica, infección de platas, etc...

2.7. Requisitos mínimos de los candidatos:

- Doctor.

2.8. Condiciones del contrato:

- Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación con Grado de Doctor.

- Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.750 €.

- Horas semanales: Tiempo Completo.

- Duración: Hasta el 28 de febrero de 2017.

2.9. Otros méritos a valorar:

- Licenciatura en Biología o Biotecnología.

- Doctor en Ciencias.

- Experiencia en obtención y análisis masivo de datos (especialmente RNA-seq), mutagénesis, selección y búsqueda genética (screens) de microorganismos, microscopía confocal, operaciones en instalaciones radiactivas, northern blot, PCR a tiempo real, citometría de flujo, yeast 2 hybrid (Y2H).

- Publicaciones científicas en el campo de la genética microbiana.

- Estancia postdoctoral en el extranjero superior a cuatro años con publicaciones durante este periodo en revistas de genética o biología molecular con alto índice de impacto.

- Nivel alto de inglés hablado y escrito.

- Expediente académico superior a 2,5 (sobre 4 total) o 8,5 (sobre 10 total).

- Capacidad de liderazgo.

3. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PNC1621

3.1. Número de contratos: 1.

3.2. Referencia: PNC1621.

3.3. Proyecto de Investigación: Proyecto «BFU2015-70604-P» denominado Dinámica de la Arquitectura Nuclear durante el Ciclo Celular en la Levadura de Fisión», proyecto incluido en el Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, Convocatoria 2015, Proyectos de I+D del Ministerio de Economía y Competitividad, cofinanciado con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Comisión Europea (FEDER), con cargo al crédito presupuestario 20.02.60.23.23 541A 645.01.21 (Expediente Económico 2016/2187) de la Universidad Pablo de Olavide.

3.4. Responsable del Proyecto de Investigación: D. Rafael Rodríguez Daga..

3.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en la base común número 10 del Anexo I de esta Resolución, con la siguiente especificidad:

3.5.1. Representante/s en la Comisión Evaluadora: Don Rafael Rodríguez Daga.

3.6. Perfil del contrato: El candidato seleccionado deberá acreditar documentalmente que cuenta con los siguientes conocimientos y/o experiencia:

- Análisis genético y técnicas de Biología Molecular.

- Microscopía de fluorescencia confocal in vivo.

- Microscopía de super-resolución.

- Ensayos de viabilidad celular y silenciamiento.

- Técnicas de marcaje de DNA y RNA.

- Manejo con software de bioanalítica de imagen (Metamorph, ImageJ) y con programas estadísticos (Prism, R).

- Manejo con el organismo modelo S. pombe.

3.7. Requisitos mínimos de los candidatos:

- Licenciado/a o equivalente.

- Master Oficial o equivalente.

3.8. Condiciones del contrato:

- Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.

- Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 850 €.

- Horas semanales: 25 horas semanales.

- Duración: Hasta el 28 de febrero de 2017.

3.9. Otros méritos a valorar:

- Licenciado o equivalente en Biología.

- Master Oficial en rama de Biotecnología.

- Título oficial de inglés (mínimo C1).

- Disección de tétradas.

4. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PNC1625

4.1. Número de contratos: 1

4.2. Referencia: PNC1625

4.3. Proyecto de Investigación: Proyecto «BIO2013-48858-P» denominado «Identificación y Caracterización de Glicoproteínas del Hongo Fitopatógeno Ustilago Maydis implicadas en el Proceso Infectivo de la Planta Maíz», proyecto incluido en el Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, Convocatoria 2013, Proyectos de I+D del Ministerio Economía y Competitividad, cofinanciada con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Comisión Europea (FEDER), con cargo al crédito presupuestario 20.02.60.23.20 541A 645.01.20 Expediente Económico 2016/2355) de la Universidad Pablo de Olavide.

4.4. Responsable del Proyecto de Investigación: Don José Ignacio Ibeas Corcelles.

4.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en la base común número 10 del Anexo I de esta Resolución, con la siguiente especificidad:

4.5.1. Representante/s en la Comisión Evaluadora: Don Manuel Jesús Muñoz Ruiz.

4.6. Perfil del contrato: El candidato seleccionado deberá acreditar documentalmente que cuenta con los siguientes conocimientos y/o experiencia:

- Técnicas de genética, biología molecular (extracción de ADN, PCR, electroforesis, etc.), microscopía, citometría, proteómica, infección de plantas etc.

4.7. Requisitos mínimos de los candidatos:

- Licenciado o equivalente.

- Máster Oficial o equivalente.

4.8. Condiciones del contrato:

- Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.

- Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.200 €.

- Horas semanales: Tiempo completo

- Duración: Hasta el 21 de marzo de 2017.

4.9. Otros méritos a valorar:

- Licenciado o Graduado en Biotecnología o Biología.

- Máster Oficial en Biotecnología.

- Nivel alto de inglés hablado y escrito.

- Publicaciones científicas en el campo de la genética microbiana.

- Experiencia en microscopía confocal y electrónica, operaciones de instalaciones radiactivas, PCR a tiempo real, extracciones de ADN, ARN y purificación de proteínas de microorganismos, manipulación genética de microorganismos y ensayos bioquímicos.

5. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PAC1603

5.1. Número de contratos: 1.

5.2. Referencia: PAC1603.

5.3. Proyecto de Investigación: Proyecto «MitoSigAge» denominado «Identificación de rutas de señalización implicadas a la respuesta al estrés mitocondrial y sus función en la regulación del envejecimiento», financiado por el Programa de Captación del Conocimiento para Andalucía (C2A), en virtud del Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide, con cargo al crédito presupuestario 20.02.10.22.01 541A 641.01.21 (Expediente Económico 2016/2420) de la Universidad Pablo de Olavide.

5.4. Responsable del Proyecto de Investigación: Doña Marta Artal Sanz.

5.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en la base común número 10 del Anexo I de esta Resolución, con la siguiente especificidad:

5.5.1. Representante/s en la Comisión Evaluadora: Doña Marta Artal Sanz.

5.6. Perfil del contrato: El candidato seleccionado deberá acreditar documentalmente que cuenta con los siguientes conocimientos y/o experiencia:

- Gestión de proyectos nacionales y europeos.

- Actualización de bases de datos científicas.

- Realización de páginas web.

- Gestión de laboratorio (recursos y personal).

- Redacción de informes científicos y comunicados de prensa.

5.7. Requisitos mínimos de los candidatos:

- Licenciado o equivalente.

5.8. Condiciones del contrato:

- Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.

- Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.577 €.

- Horas semanales: 33,5 horas semanales.

- Duración: Hasta el 31 de mayo de 2017.

5.9. Otros méritos a valorar:

- Licenciado en Biología.

- Doctor en Biología.

- Participación en proyectos de I+D nacionales y europeos.

- Dominio de MatLab.

6. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA CIC1615

6.1. Número de contratos: 1.

6.2. Referencia: CIC1615.

6.3. Contrato de Investigación: «An ARTery of EMPIRE. Conquest, Commerce, Crisis, Culture and the Panamanian Junction (1513-1671)», con cargo al crédito presupuestario 20.08.30.2209 541A 641.01.20 (Expediente Económico 2016/2528) de la Universidad Pablo de Olavide.

Este proyecto se realiza al amparo de la ayuda concedida por el European Reseach Council, en el marco del Programa Horizonte 2020 (Convocatoria ERC-2014-CoG, modalidad ERC Consolidator Grant).

6.4. Responsable del Proyecto de Investigación: Doña Bethany Aram Worzella.

6.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en la base común número 10 del Anexo I de esta Resolución, con la siguiente especificidad:

6.5.1. Representante/s en la Comisión Evaluadora: Doña Bethany Aram Worzella.

6.6. Perfil del contrato: El candidato seleccionado deberá acreditar documentalmente que cuenta con los siguientes conocimientos y/o experiencia:

- Investigación archivística y aplicación de metodologías cuantitativas y cualitativas para colaborar en la elaboración de una base de datos conjunta en el marco del proyecto

- Participación en seminarios y congresos en Europa y América, así como realización de estancias de investigación en el extranjero.

- Elaboración de una monografía y artículos científicos.

6.7. Requisitos mínimos de los candidatos:

- Doctor.

- Nota media expediente académico de grado/licenciatura de 2,5 sobre 4.

6.8. Condiciones del contrato:

- Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación con el Grado de Doctor.

- Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 2.187,50 €.

- Horas semanales: tiempo completo.

- Duración: 12 meses, prorrogables por periodos anuales hasta un máximo de 4 (entre duración inicial y prórrogas), según las necesidades del proyecto y la disponibilidad económica. En todo caso, la duración total no podrá superar el plazo de ejecución del proyecto.

6.9. Otros méritos a valorar:

- Doctorado en Historia, Historia del Arte, Antropología o afines.

- Publicaciones científicas internacionales de calidad relevantes en relación al proyecto de referencia, en el ámbito de la Historia de América, siglos XVI-XVII.

- Estancias de investigación en centros internacionales.

- Nivel Avanzado de Inglés (Mínimo B2).

- Otras competencias lingüísticas acreditables: italiano, holandés, francés, alemán y/u otros idiomas

- Conocimientos y experiencia acreditados en el uso de bases de datos y de aplicaciones QGIS (Sistema de Información Geográfica).

- Interés de investigaciones previas demostrable en las relaciones comerciales y transformaciones socioculturales de la primera globalización (Siglos XVI-XVII), especialmente en relación con el Pacífico Americano

6.10. Elementos adicionales.

- Propuesta de investigación: Escrito en formato libre, con un máximo de 1.000 palabras, donde el candidato plasmará una propuesta de la investigación a desempeñar, en relación al perfil del contrato, en desarrollo del proyecto de referencia.

- Muestra de escritura/writing simple (preferiblemente un artículo o capítulo publicado en castellano o en inglés) que refleje capacidades analíticas y otras competencias requeridas, en relación al proyecto de referencia.

La información para realizar la propuesta estará disponible en la web http://www.upo.es/investigacion/artempire.

La valoración de lo expresado en este punto 7.10 formará parte del apartado «Adecuación de los méritos, capacidad y experiencia del candidato a las necesidades de la labor a realizar» de la base 9.1.

6.11. Previsiones específicas sobre la posibilidad de realización de entrevista personal:

La entrevista contemplada en el último apartado de la base 9.1, podrá, a criterio de la Comisión de Valoración, ser realizada total o parcialmente en inglés o en otro idioma que el candidato haya indicado como conocedor.

ANEXO IV

Don/Doña ...............................................................................................................................................................,con domicilio en ...................................................................................................................................................................

y NIF/NIE ..................................., a efectos de ser contratado/a como ...................................................................... de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, declara bajo juramento o promete, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las correspondientes funciones.

En Sevilla, a .............. de ................................... de ...............

ANEXO V

Don/Doña ...............................................................................................................................................................,con domicilio en ...................................................................................................................................................................

y NIF/NIE ..................................., a efectos de ser contratado/a como ...................................................................... de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, declara bajo juramento o promete que no posee o ejerce, en el momento de su nombramiento, empleo público o privado incompatible con las funciones a desempeñar.

En Sevilla, a .............. de ................................... de ...............

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