Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 217 de 11/11/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 28 de octubre de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 4/2009.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 4/2009. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20070008723.

De: Don Juan Cristóbal Flores Torres.

Contra: Construcciones Mainake 2004, S.L. y Viviendas Ideales, S.L.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 4/2009 a instancia de la parte actora don Juan Cristóbal Flores Torres contra Viviendas Ideales, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 28.10.16 del tenor literal siguiente:

DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia: Doña Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a veintiocho de octubre de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En el presente procedimiento se practicó liquidación de intereses y tasación de costas, respecto a la demandada Viviendas Ideales y a instancia del Fogasa, ascendiendo a un total de 1.659,67 euros.

Segundo. Fogasa y Viviendas Ideales, S.L., han dejado transcurrir el plazo sin oponerse a la liquidación practicada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. No habiendo sido impugnada/s la liquidación de intereses y tasación de costas por ninguna de las partes y estando la misma practicada con arreglo a derecho, procede aprobarla y satisfacerla siguiendo el orden establecido en el artículo 268.1 LRJS.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicada/s por importe de 1.659,67 € a cuyo pago resulta condenada Viviendas Ideales, S.L., en las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (arts. 188 y 189 de la LRJS).

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

Y para que sirva de notificación al demandado Viviendas Ideales, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintiocho de octubre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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