Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 01/03/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Resolución de 16 de febrero de 2016, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Jaén, por la que se hace público el Acuerdo de 15 de febrero de 2016, de la Sección de Administración General, por el que se delegan competencias para la autenticación de copias mediante cotejo con los originales en el personal funcionario que desempeña los puestos de trabajo que se citan.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

La Sección de Administración General de esta Delegación Territorial es el responsable del Registro General establecido en la misma.

Por razones técnicas de eficacia organizativa y en aras de la calidad de los servicios a prestar al ciudadano, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 15 de febrero de 2016, de la Sección de Administración General de esta Delegación Territorial, por el que delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo con los originales en el personal funcionario que desempeña los puestos de trabajo que se citan, y cuyo texto figura como Anexo a la presente Resolución, que complementa la Resolución de 17 de diciembre de 2013, por la se hace público el Acuerdo de 10 de diciembre de 2013, de la Sección de Administración General, por el que se delegan competencias para la autenticación de copias mediante cotejo con los originales en el personal funcionario que desempeña los puestos de trabajo que se citan (BOJA núm. 249, de 23 de diciembre de 2013).

Jaén, 16 de febrero de 2016.- La Delegada, María Teresa Vega Valdivia.

ANEXO

ACUERDO DE 15 DE FEBRERO DE 2016, DE LA SECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN JAÉN, POR EL QUE SE DELEGAN COMPETENCIAS PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO CON LOS ORIGINALES EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE DESEMPEÑA LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CITAN

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, reconoce y establece en los artículos 35.c) y 38.5, respectivamente, el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como la devolución de éstos, salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y en el artículo 46.1 atribuye a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el punto 2 del artículo 21 de dicha norma (copias autenticadas) corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, previendo en el párrafo segundo de dicho artículo que de no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la Jefatura del Servicio o Secretaría General bajo cuya responsabilidad se gestione la función de Registro General de Documentos.

Siendo una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares la de facilitar la presentación de escritos, con objeto de conseguir una mayor calidad y eficacia en la gestión administrativa de esta Delegación Territorial, se hace necesario efectuar a favor de las personas que ocupen los puestos relacionados en el presente acuerdo delegación de la competencia de autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con el original, al objeto de salvaguardar siempre el derecho de los ciudadanos referido en el artículo 35.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por todo ello,

A C U E R D O

Primero. Delegar la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos que se presenten para ser tramitados en el Registro General de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Jaén, atribuida a la Jefatura de Sección de Administración General, a tenor de los dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, queda delegada en el personal funcionario que ocupe los puestos que a continuación se citan:

CÓDIGO DENOMINACIÓN DEL PUESTO
687810 SERVICIO DE CONSUMO
8085410 SECCIÓN DE PROCEDIMIENTO E INFORMES
688310 SECCIÓN INSPECCIÓN DE CONSUMO
688010 NEGOCIADO DE FORMACIÓN DE CONSUMIDORES
688110 NEGOCIADO DE GESTIÓN Y ORDENACIÓN
688410 NEGOCIADO DE CONTROL E INSPECCIÓN
2115310 NEGOCIADO DE TRAMITACIÓN
2115710 NEGOCIADO DE TRAMITACIÓN

Segundo. La delegación de competencias contenida en el presente Acuerdo se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento el órgano delegante puede avocar para sí la competencia ahora delegada.

Tercero. En las copias auténticas que se expidan, mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Quinto. El presente Acuerdo complementa la Resolución de 17 de diciembre de 2013, por la se hace público el Acuerdo de 10 de diciembre de 2013, de la Sección de Administración General, por el que se delegan competencias para la autenticación de copias mediante cotejo con los originales en el personal funcionario que desempeña los puestos de trabajo que se citan (BOJA núm. 249, de 23 de diciembre de 2013). En Jaén, 15 de febrero de 2016.- El Jefe de Sección de Administración General. Fdo.: Antonio Romero Mesa.

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