Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 02/03/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Resolución de 17 de febrero de 2016, de la Dirección General de Administración Local, por la que se modifica el sistema de ejercicio de las funciones del puesto de Secretaría-Intervención en el Ayuntamiento de Salares (Málaga).

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Esta Dirección General de Administración Local ha recibido solicitud suscrita por el Excmo. Ayuntamiento de Salares (Málaga) para la modificación del sistema de ejercicio de las funciones del puesto de Secretaría-Intervención de la entidad, declarada eximida de la obligación de mantener dicho puesto de trabajo. Actualmente, el ejercicio de las funciones correspondientes a dicho puesto es ejercido por el Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación Provincial de Málaga, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 5 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. El sistema propuesto es el establecido en el artículo 31.2 del citado Real Decreto, es decir, mediante acumulación de funciones.

La solicitud formulada se fundamenta en la mejora de las condiciones económicas del Ayuntamiento, que le permiten acometer el cambio en la forma de prestación de las funciones de Secretaría-Intervención que redundarán en una más completa prestación de los servicios administrativos que se derivan del ejercicio de las funciones de este puesto.

Habiéndose derogado expresamente la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se prevé en la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, que «en tanto no entre en vigor el Reglamento previsto en el artículo 92 bis, y en todo aquello que no se oponga a lo dispuesto en esta Ley, mantiene su vigencia la normativa reglamentaria referida a los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación del citado artículo».

Así pues, son de aplicación los artículos 4 y 31.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, según el cual «podrán acordarse acumulaciones para el desempeño de secretaría-intervención de los municipios o entidades eximidas de la obligación de mantener dicho puesto».

La Diputación Provincial de Málaga informa favorablemente que las funciones de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Salares pueden ser ejercidas en régimen de acumulación por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, según Decreto de Presidencia, de 9 de febrero de 2015.

Con este propósito se ha instruido, simultáneamente, expediente para la acumulación de funciones, tramitado de conformidad con lo establecido en el artículo 31 del citado Real Decreto 1732/1994, en el que se contiene conformidad de don Carlos Limón Martínez, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de El Borge (Málaga), asi como la conformidad de esta Entidad a efectos de la acumulación, manifestada mediante Decreto de Alcaldía, de 28 de enero de 2016.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y por el artículo 12.2.d) del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, esta Dirección General de Administración Local

RESUELVE

Primero. Autorizar la modificación del sistema de ejercicio de las funciones del puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Salares (Málaga), pasando a ser ejercido mediante acumulación de funciones.

Segundo. Autorizar la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Salares (Málaga) a don Carlos Limón Martínez, con DNI 05.359.953-X, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de El Borge (Málaga).

Tercero. El desempeño de las funciones acumuladas dará derecho a la percepción de una gratificación que no podrá superar el 30 por 100 de las remuneraciones correspondientes al puesto principal.

Cuarto. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Sevilla, 17 de febrero de 2016.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

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