Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 10/03/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de mayo de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 646/2011. (PP. 2637/2015).

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NIG: 2906742C20110013838.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 646/2011. Negociado: 6.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Banque PSA Finance.

Procurador: Sr. Juan Manuel Medina Godino.

Letrado: Sr. López Pérez-Lanzac, Pedro Antonio.

Contra: Jesús Manuel Báez Blanco.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Ordinario 646/11 seguido a instancia de Banque PSA Finance frente Jesús Manuel Báez Blanco, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 151/2013

Juez que la dicta: Doña Dolores Ruiz Jiménez.

Lugar: Málaga.

Fecha: Dieciocho de julio de dos mil trece.

Parte demandante: Banque PSA Finance.

Abogado: López Pérez-Lanzac, Pedro Antonio.

Procurador: Miguel Ángel Rueda García.

Parte demandada: Jesús Manuel Báez Blanco.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad. Otros.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Miguel Ángel Rueda García en nombre y representación de Banque PSA Finance, contra Jesús Manuel Báez Blanco, rebelde, debo condenar y condeno al demandado a pagar a la parte actora la cantidad de 14.149,62 euros, de cuya cantidad habrá que deducir la correspondiente a intereses moratorios, más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, así como al pago de las costas procesales causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2933, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y econtrándose dicho demandado Jesús Manuel Báez Blanco, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a once de mayo de dos mil quince.- La Secretaria Judicial.

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