Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 12/01/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 14 de diciembre de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 1066/2012.

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Procedimiento: Social Ordinario 1066/2012. Negociado: 2I.

NIG: 4109144S20120011791.

De: Don José Manuel Gómez Torrero.

Contra: Control, Orden y Seguridad, S.L., Grupo Cos y Seguridad Sansa, S.A.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1066/2012 a instancia de la parte actora don José Manuel Gómez Torrero contra Control, Orden y Seguridad, S.L., Grupo Cos y Seguridad Sansa, S.A., sobre Social Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 9.7.15 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda formulada por don José Manuel Gómez Torrero contra las demandadas Control, Orden y Seguridad, S.L., Grupo Cos y Seguridad Sansa, S.A. debo condenar y condeno a la demandada Seguridad Sansa, S.A. a que abone al actor la suma de 3.672,91 euros más el 10% en concepto de interés por mora, absolviendo libremente de los pedimentos de la demanda a Control, Orden y Seguridad, S.L., Grupo Cos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, debiendo ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, Seguridad Sansa, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a catorce de diciembre de dos mil quince.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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