Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 12/01/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 28 de octubre de 2015, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Huércal-Overa, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 98/2014. (PP. 2889/2015).

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NIG: 0405342C20140000366.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 98/2014. Negociado: 3.

Sobre: Otorgamiento de escritura pública de compraventa.

De: Doña Janet Ann Brown.

Procurador: Sr. José Miguel Gómez Fuentes.

Letrada: Sra. Abel Berbel García.

Contra: Herederos de Ludovicus Joannes Josephus Cavents y Jan Lodewijk Justine Cavents.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 98/2014 seguido a instancia de Janet Ann Brown frente a herederos de Ludovicus Joannes Josephus Cavents y Jan Lodewijk Justine Cavents se ha dictado sentencia, cuyo extracto es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 85/2015

En Huércal-Overa, a veintiocho de octubre de dos mil quince.

El Sr. don Fernando Ruiz-Rico Alcaide, Juez del Juzgado Mixto núm. Tres de Huércal-Overa y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 98/2014 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Janet Ann Brown con Procurador don José Miguel Gómez Fuentes y Letrada doña Abel Berbel García; y de otra como demandado herederos de Ludovicus Joannes Josephus Cavents y don Jan Lodewijk Justine Cavents, en rebeldía procesal, sobre otorgamiento de escritura pública de compraventa, y

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por doña Janet Ann Brown, con Procurador Sr. Gómez Fuentes, frente a don Jan Lodewijk Justine Cavents y contra la comunidad hereditaria de don Ludovicus Joannes Josephus Cavents, en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a los demandados a que eleven a escritura pública la compraventa formalizada mediante contrato privado de fecha 28 de abril de 2005, cuyo objeto era el inmueble sito en vivienda tipo dúplex, letra A, sita en la calle Venus, número 10, de San Juan de los Terreros, Pilar de Jaravía (Pulpí-Almería), inscrita con el número 12.602 del Registro de la Propiedad y con expresa condena en costas a los demandados.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Y encontrándose dicho demandado, herederos de Ludovicus Joannes Josephus Cavents y Jan Lodewijk Justine Cavents, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Huércal-Overa, a veintiocho de octubre de dos mil quince.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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