Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 15/04/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de febrero de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola, dimanante de autos núm. 50/2015. (PP. 576/2016).

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NIG: 2905442C20150000107.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 50/2015. Negociado: 1.

De: Axa Seguros.

Procuradora: Sra. Claudia González Escobar.

Contra: Irina Heike Helbach y Alexander Ali Rafiee Dagnolo.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 50/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola a instancia de Axa Seguros contra Irina Heike Helbach y Alexander Ali Rafiee Dagnolo sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

Que dicto yo, Julián Cabrero López, Magistrado a cargo de este Juzgado, en los autos de juicio ordinario registrados con el número 50/2015 en los que han sido parte demandante Axa Seguros, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. González Escobar y asistida del Letrado Sr. Martín Olmedo, y parte demandada los Sres. Alexander Ali Rafee Dagnolo e Irina Heike Helbach, en situación de rebeldía procesal, en Fuengirola, a 9 de febrero de 2016.

FALLO

Que estimando íntegramente como estimo la demanda deducida por la Procuradora de los Tribunales Sra. González Escobar en nombre y representación de Axa Seguros, condeno a los Sres. Alexander Ali Rafee Dagnolo e Irina Heike Helbach a abonar a la primera la suma de 11.361,25 euros más la que resulte de incrementarla en el interés previsto en el art. 576 de la LEC, con imposición de costas a la demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, previa consignación de un depósito de cincuenta (50) euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.

Dada la situación de rebeldía de la parte demandada, la notificación deberá ser personal si se conociere domicilio o, en caso contrario, hacerse mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o en el Boletín Oficial del Estado.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Fdo.: Julián Cabrero López, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola (Málaga).

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado que la ha dictado constituido en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, Irina Heike Helbach, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a nueve de febrero de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Admistración de Justicia.

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