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ANTECEDENTES
Primero. Mediante Resolución de 29 de julio de 2011, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 172, de 1 de septiembre), se convocaron pruebas selectivas, por el sistema de promoción interna, para personal laboral para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía (C2.1000), correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 2010, aprobándose la relación definitiva de aprobados mediante Acuerdo de la Comisión de Selección de 5 de febrero de 2013. Posteriormente, es aprobada relación complementaria a la lista definitiva de aprobados con fecha 17 de julio de 2013. Finalmente, por Resolución de 30 de julio de 2013 (BOJA núm. 152, de 5 de agosto), se procede al nombramiento como funcionarios de carrera de dicho Cuerpo al personal relacionado en el Anexo a la misma.
Doña María Angustias Ruiz Fernández participó en las referidas pruebas selectivas, sin figurar en la relación definitiva de aprobados.
Segundo. Contra la desestimación del recurso de alzada presentado frente a la publicación de la relación definitiva de aprobados fue interpuesto a instancias de doña María Angustias Ruiz Fernández recurso contencioso-administrativo, seguido por los cauces del procedimiento abreviado núm. 429/2013, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla, dictando la sentencia núm. 321/2015, de 16 de diciembre, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«FALLO
Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución reseñada en el antecedente primero y expresa dictada de 28 de abril de 2014, y por la que se resuelve el recurso de alzada contra aquella que publica los listados definitivos de aprobados de las pruebas selectivas para el acceso al cuerpo de auxiliares administrativos (C2.1000) acceso promoción interna de personal laboral correspondiente a la oferta de empleo público de 2010, convocadas por resolución de 29 de julio de 2011 del Instituto Andaluz de Administración Pública, que se anula a los efectos de declarar el derecho de la recurrente a que se le reconozcan los puntos correspondientes al tiempo de trabajo desarrollado como personal laboral fijo, en los seis años inmediatamente anteriores a su integración y adscripción a la Administración autonómica, así como por antigüedad y cursos de formación en los términos reseñados, y el de situar a la actora en la posición que por derecho le corresponde de acuerdo con los méritos reconocidos, condenando a la administración a estar y pasar por tal declaración y a reconocerle, de proceder concesión de plaza, con los efectos económicos y administrativos desde la fecha que tomaron posesión los candidatos. Sin costas.»
Desestimado el recurso de apelación ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, mediante providencia de 10 de noviembre de 2016 de la citada Sala, se adjunta testimonio de la sentencia, indicando que la misma es firme. En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, procede llevarla a puro y debido efecto, practicando lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo.
Tercero. En cumplimiento de la sentencia núm. 321/2015, de 16 de diciembre, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla, la Comisión de Selección de las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de promoción interna para personal laboral, en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 2010, acuerda modificar la puntuación de doña María Angustias Ruiz Fernández, incrementando hasta los 4,660 puntos la valoración otorgada en la fase de concurso, lo que determina una puntuación total en el proceso selectivo de 13,604 puntos, circunstancia que sitúa a la interesada por encima del último opositor aprobado en el proceso selectivo.
Cuarto. Conforme a lo dispuesto en la base octava de la Resolución de 29 de julio de 2011, de la Secretaría General para la Administración Pública, y en aplicación de lo previsto en la disposición adicional tercera del Decreto 401/2010, de 9 de noviembre, por el que se aprobaba la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2010, al personal laboral fijo que por aplicación de lo establecido en la disposición transitoria segunda de la entonces vigente Ley 7/2007, de 12 de abril, promocione por resolución de esa Oferta de Empleo Público a Cuerpos, especialidades u opciones de personal funcionario, le será adjudicada plaza en el mismo centro de trabajo donde se encuentre destinado.
Quinto. Consultada su historia administrativa, se comprueba que la Sra. Ruiz Fernández tiene la condición de personal laboral fijo de la Administración General de la Junta de Andalucía con la categoría de auxiliar administrativo, con efectos desde el día 1 de mayo de 2003, ocupando el puesto código SIRhUS 8565610, adscrito a la Oficina de Empleo Granada-Cercanías, de la Delegación Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Granada.
Sexto. Para la ejecución de la sentencia firme en los términos establecidos en la disposición adicional tercera del Decreto 401/2010, de 9 de noviembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2010, se hace necesaria la creación, en el mismo centro de trabajo, de un puesto de trabajo de personal funcionario adscrito al subgrupo C2, para su adjudicación a la recurrente, y la supresión simultánea del puesto de trabajo de personal laboral que ésta desempeñaba.
Séptimo. A tenor de lo dispuesto en el artículo 10.1.e) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, del artículo 24 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y el Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en relación con el artículo 19 de la Orden de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se delegan y se atribuyen competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de sus entidades instrumentales, modificado por la Orden de 29 de abril de 2013, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en materia general de función pública y que afecten al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se encuentra delegada en la persona titular de la citada Dirección General, por lo que, en su virtud,
SE RESUELVE
Primero. Modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía mediante la creación y supresión de puestos, en los términos expresados en el Anexo a la presente Resolución, con efectos del día 3 de septiembre de 2013.
Segundo. Nombrar, en ejecución de sentencia, funcionaria de carrera del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía (C2.1000), derivado de la superación de las pruebas selectivas para ingreso al mismo, por el sistema de promoción interna para personal laboral, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 2010, a doña María Angustias Ruiz Fernández, con DNI 24136847-A, con una puntuación final reconocida de 13,604 puntos, así como, en función de ésta, el número de orden 65-bis, adjudicándole con carácter definitivo el puesto con código SIRhUS 12699210 y denominación Auxiliar Administrativo, en la Oficina de Empleo Granada-Cercanías, adscrita a la Delegación Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Granada.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionario de carrera la interesada deberá realizar acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Andalucía y del resto del Ordenamiento Jurídico, y tomar posesión en el puesto adjudicado, ante la Secretaría General Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Granada, en el plazo de un mes contado a partir del día 3 de julio de 2017.
Cuarto. Los efectos administrativos y económicos derivados de la presente Resolución se computarán desde el día 3 de septiembre de 2013, primer día del plazo posesorio otorgado a los aspirantes seleccionados en el proceso selectivo de referencia, conforme a lo dispuesto en la Resolución de 30 de julio de 2013, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se nombraron funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía, teniendo en cuenta que deben detraerse, de los efectos económicos que le pudiesen corresponder, las cantidades que hubiera percibido en otras actividades incompatibles realizadas a partir del 3 de septiembre de 2013.
Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, para tomar posesión, doña María Angustias Ruiz Fernández deberá realizar la declaración a que se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplados en el artículo 10 de la citada Ley 53/1984.
Sexto. El Centro Directivo en el que se encuentra adscrita la plaza adjudicada tramitará por el Sistema de Información de Recursos Humanos la toma de posesión ante el Registro General de Personal de conformidad con la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de fecha 24 de septiembre de 1999, por la que se adopta la aplicación del SIRhUS.
Séptimo. La modificación de la relación de puestos de trabajo expresada en el Anexo quedará sin efecto si llegado el final del plazo del período posesorio no se hubiera producido la toma de posesión de la interesada.
Sevilla, 14 de junio de 2017.- La Directora General, Concepción Becerra Bermejo.
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