Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 01/08/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de marzo de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga, dimanante de autos núm. 931/2013. (PP. 1257/2017).

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NIG: 2906742C20130020276.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 931/2013. Negociado: 1.

Sobre: L.P.H.

De: Comunidad de Propietarios Edificio calle Héroes de Sostoa 87, 89, 91 y 93.

Procurador: Sr. José Carlos Garrido Márquez.

Letrado: Sr. Rafael Ignacio Muriel Navas.

Contra: Herencia yacente Mercedes Soriano Montero en la persona de su representante Manuel Morales y Manuel Morales Soriano.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA núm. 78 /2014

En la ciudad de Málaga, a 10 de marzo de 2014.

Vistos por mí, Mario Moriel Baeza, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de esta capital, los presentes autos de juicio declarativo verbal 931/2013, seguidos a instancia de Comunidad de Propietarios Edificio calle Héroe de Sostoa 87, 89, 91 y 93 de Málaga, asistida por el letrado Sr. Muriel Navas y representada por el procurador Sr. Garrido Márquez, contra don Manuel Morales Soriano y herencia yacente de doña Mercedes Soriano Montero, en situación procesal de rebeldía, cuyos autos versan sobre reclamación de reclamación de cuotas de comunidad.

FALLO

Que estimando la demanda promovida por Comunidad de Propietarios Edificio calle Héroe de Sostoa 87, 89, 91 y 93 de Málaga contra don Manuel Morales Soriano y herencia yacente de doña Mercedes Soriano Montero, condeno a los demandados al pago de dos mil setenta y dos euros (2.072 euros), más el interés legal de la suma de 1.352 euros desde la reclamación judicial, y al pago de las costas del juicio.

Contra esta sentencia no cabe interponer recurso de apelación. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de herencia yacente Mercedes Soriano Montero en la persona de su representante Manuel Morales y Manuel Morales Soriano, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, a veintiuno de marzo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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