Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 16/10/2017

4. Administración de justicia

Otros Tribunales Superiores de Justicia

Edicto de 22 de septiembre de 2017, de la TSX Galicia Sala do Social A Coruña, dimanante de autos núm. 1584/2017.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00122603.

NIG: 15030 44 4 2015 0001194.

Modelo: N81291.

Tipo y núm. de recurso: RSU Recurso suplicación 0001584 /2017.

Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 0000245/2015 Jdo. de lo Social núm. Uno de A Coruña.

Recurrente: Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo.

Abogada: Doña Sonsoles María Sueiro Lemus.

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social y don Antonio Albarracín López.

EDICTO

Doña María Isabel Freiré Corzo, Letrada de la Administración de Justicia de la de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber:

Que estimando el recurso de suplicación interpuesto por la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la sentencia del Juzgado de lo Social número Uno de A Coruña, en juicio instado por la recurrente contra don Antonio Albarracín López, Instituto Nacional de la Seguridad Social, y Tesorería General de la Seguridad Social, la Sala la revoca, y estimando la demanda condenamos al Instituto Nacional de la Seguridad Social a reintegrar a la Mutua la cantidad de 35.194,95 € más los intereses legales que legalmente procedan.

Modo de impugnación: Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para Unificación de Doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá efectuar:

- El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta Sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el núm. 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al núm. del recurso y dos dígitos del año del mismo.

- Asimismo si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

- Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «Observaciones o Concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este Tribunal incorporándose el original al correspondiente Libro de Sentencias, previa devolución de los autos al Juzgado de lo Social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Antonio Albarracín López, en ignorado paradero, con último domicilio en Andalucía, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, a veintidós de septiembre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.

Descargar PDF