Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 28/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 8 de noviembre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Archidona, dimanante de autos núm. 78/2015.

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NIG: 2901741C20151000080.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 78/2015. Negociado: 02.

De: Graciela Campillos Romero.

Procurador: Sr. José Gallardo Mira.

Contra: Paul-Dan Rosu.

EDICTO

NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 78/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Archidona a instancia de Graciela Campillos Romero contra Paul-Dan Rosu sobre Divorcio, se ha dictado la sentencia que, copiada en fallo, es como sigue:

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por el Procurador don José Gallardo Mira debo decretar y decreto la disolución por Divorcio del matrimonio formado por Graciela Campillos Romero y Paul-Dan Rosu celebrado en el día 29 de noviembre de 2009. Todo ello sin hacer especial imposición de las costas procesales.

Firme que sea la presente resolución, comuníquese a los Registros Civiles correspondientes a los efectos registrales oportunos.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de veinte días.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr/a. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando Audiencia Pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia/a, doy fe, en Archidona, a fecha anterior.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Paul-Dan Rosu, extiendo y firmo la presente en Archidona, a ocho de noviembre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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