Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 06/02/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 16/2017, de 31 de enero, por el que se acepta la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Ayuntamiento de Córdoba, de parte del edificio de titularidad municipal Centro Cívico «Santa María de Trassierra», sito en la calle Guadamacilero Antón Valdo, núm. 1, de dicha localidad, por un plazo de 30 años, con destino a Consultorio Local, y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por el Ayuntamiento de Córdoba se ha acordado ceder el uso a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de parte del edificio de titularidad municipal Centro Cívico «Santa María de Trassierra», sito en la calle Guadamacilero Antón Valdo, núm. 1, de dicho municipio, por un plazo de 30 años, con destino a Consultorio Local.

Por la Consejería competente en materia de salud se considera de interés la aceptación de la referida cesión, con destino a Consultorio Local, para el desarrollo de los fines, actividades y funciones que le son propios.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 31 de enero de 2017,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión de uso acordada por el Ayuntamiento de Córdoba, de 58,37 metros cuadrados del edificio de titularidad municipal Centro Cívico «Santa María de Trassierra», sito en la calle Guadamacilero Antón Valdo, núm. 1, de dicho municipio, por un plazo de 30 años, con destino a Consultorio local.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Córdoba al tomo 2.452, libro 1717, folio 219, con el número 76.749. Con referencia catastral número 3295401UG3939N0001ZT.

Segundo. La cesión de uso gratuita se formalizará en documento administrativo, según lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión de uso de la parte del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud para el desarrollo de sus fines, actividades y funciones.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 31 de enero de 2017

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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