Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 10/02/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 25 de enero de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 572/2016.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 572/2016. Negociado: A1.

NIG: 2906744S20160007870.

De: Don Joseph Paninsoro Navoa.

Abogada: Doña María José González Guerrero.

Contra: Lima By Marbella, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 572/2016 a instancia de la parte actora don Joseph Paninsoro Navoa contra Lima By Marbella, S.L., sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Resolución de fecha 25.1.17, del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda de despido interpuesta por don Joseph Paninsoro Navoa frente a Lima by Marbella, S.L., declarando improcedente el despido de aquella, de fecha 5 de junio de 2016, declarando extinguida la relación laboral a fecha de la sentencia y condenando a la demandada al abono a aquella la cantidad de 1.465,91 euros en concepto de indemnización y 11.339,64 euros de salarios de tramitación, sin perjuicio de los descuentos que corresponda por situación incompatible (trabajo o IT) en ese periodo.

Que debo condenar y condeno a la demandada Lima by Marbella, S.L., a abonar a don Joseph Paninsoro Navoa la cantidad de 2.906,01 euros de salarios adeudados más 10% de mora.

Que debo declarar y declaro que Fogasa debe estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrado/Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia doy fe, en Málaga.

Y para que sirva de notificación al demandado Lima By Marbella, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veinticinco de enero de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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