Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 08/03/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de noviembre de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla, dimanante de autos núm. 1493/2015. (PP. 30/2017).

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NIG: 4109142C20150048223.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1493/2015. Negociado: 2R.

De: Santander Consumer, S.A.

Procuradora: Sra. María Ángeles Castillo del Toro.

Contra: José Ramón Cutie Sánchez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1493/15, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Trece de Sevilla, a instancia de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito. S.A. contra José Ramón Cutie Sánchez sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia de fecha 24.11.16 que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA 224/16

En la Ciudad de Sevilla, a veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis.

Parte demandante: Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A.

Procuradora: Doña María de los Ángeles Castillo del Toro.

Abogado: Don Antonio Rubio García.

Parte demandada: Don José Ramón Cutie Sánchez.

Objeto del pleito: Reclamación de cantidad.

Magistrado Juez: Don Miguel Ángel Fernández de los Ronderos Martín.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A. contra don José Ramón Cutie Sánchez, y condeno al mismo a que abone a la demandante la suma de siete mil doscientos setenta y dos euros con veinitrés céntimos –7.272,23 €–, intereses legales de demora desde la fecha de interposición de la demanda y costas causadas.

De la presente Sentencia dedúzcase testimonio que se unirá a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el término de veinte días.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Santander núm. 4035 0000 04 1493 15, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Diligencia: Leída y publicada fue la anterior Sentencia en el día de su fecha, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Ramón Cutie Sánchez, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis.- Letrado Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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