Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 03/04/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 23 de marzo de 2017, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, de los municipios de Benalmádena, Estepona, Marbella y Torremolinos.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00110914.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, se hace público que, mediante Órdenes del Consejero de Empleo, Empresa y Comercio que abajo se indican, se declaran zonas de gran afluencia turística a los efectos de horarios comerciales de los municipios de: Benalmádena, Estepona, Marbella y Torremolinos, de la provincia de Málaga, con la vigencia y para los períodos que se determinan a continuación.

BENALMÁDENA:

Orden de 6 de marzo de 2017 del Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se declara el municipio de Benalmádena (Málaga) zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, para el término municipal completo, para una vigencia de los años 2017, 2018, 2019 y 2020, y para los períodos de:

- Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Sábado Santo (ambos incluidos).

- Período estival desde el 1 de julio al 15 de septiembre (ambos incluidos).

ESTEPONA:

Orden de 6 de marzo de 2017 del Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se declara el municipio de Estepona (Málaga) zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, para el término municipal completo, para una vigencia de los años 2017, 2018, 2019 y 2020, y para los períodos de:

- Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Sábado Santo (ambos incluidos).

- Período estival desde el 1 de julio al 15 de septiembre (ambos incluidos).

MARBELLA:

Orden de 10 de febrero de 2017 del Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se declara el municipio de Marbella (Málaga) zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, para el término municipal completo, para una vigencia de los años 2017, 2018, 2019 y 2020, y para los períodos de:

- Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Sábado Santo (ambos incluidos).

- Período estival desde el 1 de julio al 15 de septiembre (ambos incluidos).

TORREMOLINOS:

Orden de 6 de marzo de 2017 del Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se declara el municipio de Torremolinos (Málaga) zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, para el término municipal completo, para una vigencia de los años 2017, 2018, 2019 y 2020, y para los períodos de:

- Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Sábado Santo (ambos incluidos).

- Período estival desde el 1 de julio al 15 de septiembre (ambos incluidos).

Sevilla, 23 de marzo de 2017.- La Directora General, P.V. (artículo 3.4 del Decreto 210/2015, de 14 de julio), el Secretario General de Innovación, Industria y Energía, Francisco Javier Castro Baco.

Descargar PDF