Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 06/07/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de marzo de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 281/2015. (PP. 1819/2018).

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NIG: 2906742C20150006032.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 281/2015. Negociado: 01.

Sobre: Resto.

De: Estudio El Rincón, S.L.

Procurador: Sr. José Carlos Jiménez Segado.

Contra: Don Francisco García González.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 281/2015 seguido a instancia de Estudio El Rincón, S.L., frente a don Francisco García González se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

En Málaga, a catorce de febrero de dos mil dieciocho.

Vistos por mí, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Dieciocho de Málaga, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrado con el número 281/2015, y seguido entre partes de una y como demandante la entidad mercantil Estudio El Rincón, S.L., con domicilio social en Rincón de la Victoria (Málaga), Avda. Mediterráneo, núm. 93, provista del CIF núm. B92425164, representada por el Procurador don José Carlos Jiménez Segado y asistida por el Letrado don Javier Benito Jiménez, y de otra y como demandado don Francisco García González, provisto del DNI núm. 52.572.872-R, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y atendidos los siguientes

F A L L O

Que, estimando la demanda formulada por la entidad mercantil Estudio El Rincón, S.L., representada por el Procurador don José Carlos Jiménez Segado, contra don Francisco García González, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al expresado demandado a que abone a la actora la suma de nueve mil novecientos noventa y ocho euros noventa y nueve céntimos (9.998,99 euros), así como al pago de los intereses de dicha cantidad, desde la interpelación judicial hasta su completo pago, calculados al tipo de interés legal del dinero, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución. Ello con expresa condena del demandado al pago de las costas procesales causadas.

Y encontrándose dicho demandado, don Francisco García González, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a veintiséis de marzo de dos mil dieciocho.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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