Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 169 de 31/08/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 27 de agosto de 2018, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de esta universidad, mediante el sistema de acceso libre.

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En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, y publicado en el BOJA núm. 247, de 24 de diciembre de 2003, en la Resolución de 1 de septiembre de 2017, de la Universidad de Almería, por la que se realiza Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2017, BOJA núm. 173, de 8 de septiembre de 2017, y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20  de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en relación con el artículo 2.e) de la misma norma, y en base al artículo 51 del Decreto 343/2003, de 9 de diciembre citado, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 3 plazas de personal funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería (Subgrupo A2) por el sistema de concurso-oposición libre.

1.2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se reserva un 7% de las plazas convocadas para el acceso a las personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. En el supuesto de no ser éstas cubiertas, se acumularán a las restantes plazas convocadas.

1.3. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, los Estatutos de la Universidad de Almería, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.4. El procedimiento de selección de aspirantes será el de concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo I.

1.5. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.6. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario: el primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de noviembre de 2018. La fecha, hora y lugar del mismo, se fijará en la resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente se extenderá este derecho a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber cumplido los sesenta y cinco años.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Estar en posesión del título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.

g) 2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo disponible en la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, en la siguiente dirección:

http://cms.ual.es/UAL/universidad/serviciosgenerales/spersonal/convocatorias/convocatoria/SERVPERSCONVPFUNC.

3.2. La presentación de solicitudes, que se dirigirán al Rector de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se realizará en el Registro General de la Universidad o en alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Igualmente, en la dirección web indicada se habilitará un procedimiento telemático para la presentación de solicitudes, si bien la utilización de este procedimiento requerirá que los interesados dispongan de firma digital válida o DNI electrónico.

3.3. Los derechos de examen para participar en las presentes pruebas selectivas ascenderán a la cantidad de 30 euros, si bien los aspirantes que se encuentren en situación legal de desempleo, acreditado por el correspondiente certificado emitido por el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), tendrán derecho a una reducción del 40% del importe indicado, debiendo abonar en tal caso la cantidad de 18 euros. Los derechos de examen deberán ser abonados, obligatoriamente, a través del Sistema Integral de Pagos (SIP) de la Universidad de Almería, disponible en la dirección web http://www.ual.es/pagostasas, y que permite el pago a través de dos modalidades:

- Generar una carta de pago electrónica que, posteriormente, deberá ser abonada en cualquier oficina de la entidad Cajamar.

- Pago mediante tarjeta de crédito-TPV.

El abono de los derechos de examen deberá realizarse, en todo caso, dentro del plazo habilitado para la presentación de solicitudes prescrito en la base 3.2, no concediéndose plazo adicional alguno para el abono de las mismas. En consecuencia, los interesados que opten por la primera de las modalidades de pago descritas, deberán hacer efectivo el abono en Cajamar dentro del citado plazo.

Cualquier abono de los derechos de examen fuera del plazo establecido, conllevará la exclusión definitiva a estas pruebas selectivas. En ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2 de esta resolución.

3.4. Las personas aspirantes con discapacidad y grado reconocido por minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán de solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud.

3.5. A la solicitud se deberán adjuntar los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Justificación documental de los méritos alegados para la fase de concurso.

c) En caso de no poseer la nacionalidad española, fotocopia de la documentación que acredite su nacionalidad, de acuerdo con lo establecido en la base 2.1.a).

d) Los aspirantes con minusvalía deberán presentar certificado expedido al efecto por los órganos competentes de la administración estatal o, en su caso, de la comunidad autónoma correspondiente.

En caso de optar por la presentación telemática, la anterior documentación deberá aportarse mediante ficheros en formato PDF.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Almería dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, las causas de exclusión, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio. En los mismos lugares antes señalados se harán públicas las listas definitivas de admitidos y excluidos. A efectos del plazo contemplado en esta base el mes de agosto será considerado inhábil.

4.2. Las personas que figuren excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo. Contra la exclusión definitiva de las personas aspirantes podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el acto, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente Titular: Don José Antonio Martínez García, Responsable de Comunicación y Coordinador TIC y Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Almería.

Secretario Titular: Don David Callejón Martínez, Funcionario de Carrera de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería.

Vocales titulares: Doña María Belén Giménez Gálvez, Funcionaria de Carrera de la Escala Técnica Superior de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, don Francisco José Sampalo Lainz, Jefe del Servicio de Seguridad TIC de la Universidad de Alcalá y Funcionario de la Escala Técnica de Gestión Informática de la Universidad de Cádiz y doña Mercedes Cava Roda, Responsable de la Sección de Soporte Informático de la Unidad de Informática de la Universidad Politécnica de Cartagena y Funcionaria de Carrera de la Escala Técnica Media de Ciencia y Tecnología de dicha Universidad.

Presidente Suplente: Don Diego Pérez Martínez, Funcionario de la Escala Técnica Superior de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería.

Secretario Suplente: Don Juan Raúl Martín López, Funcionario de la Escala Técnica de Gestión Sistemas e Informática de la Universidad de Almería.

Vocales Suplentes: Don Julio López Lacalle, Funcionario de la Escala Técnica de Gestión Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, doña María del Mar Labella Ortíz, Funcionaria de la Escala Técnica Superior de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería y doña Emilia Quereda Escoriza, Funcionaria de la Escala Técnica de Gestión Informática de la Universidad de Cádiz.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de RR.HH., Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Almería.

5.7. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3., las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento sin número, teléfono 950 015 126. El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 2.ª de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo.

5.11. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho. No obstante lo anterior, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados antes del nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionario de carrera.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2. Las personas participantes en el proceso serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición aquellas personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.3. Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.

6.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de las aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Almería, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la exclusión, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

7. Listas de aprobados y aprobadas.

7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de examen y en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad las relaciones de aspirantes que hayan obtenido una calificación igual o superior a la exigida para su superación, con indicación de su DNI.

7.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, la puntuación obtenida en la fase de concurso y la calificación final, obtenida ésta última según lo dispuesto en el Anexo I de esta convocatoria.

Al efecto de confeccionar dicha relación, el Tribunal declarará que han superado las pruebas selectivas las/los candidatos que hayan obtenido las mayores calificaciones finales, sin que el número de aprobados supere el número de plazas convocadas, tal como establece la base 5.11 de esta resolución.

7.3. Dichas relaciones serán elevadas al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

8.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

b) Fotocopia debidamente compulsada del título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo III a esta convocatoria.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de minusválidos deberán presentar certificación, de los Órganos competentes de la Administración Estatal o de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificación de los citados Órganos de la Administración sanitaria acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.

8.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

8.3. La toma de posesión de las personas seleccionadas se efectuará en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La adjudicación de puestos de trabajo al personal funcionario de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las peticiones de las personas interesadas entre los puestos ofertados a las mismas, según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la Relación de Puestos de Trabajo.

9. Lista de espera.

9.1. Una vez finalizadas las pruebas selectivas, se elaborará una lista de espera con el fin de atender las necesidades urgentes e inaplazables que se produzcan, mediante nombramiento como funcionarios interinos. Dichos nombramientos, así como las correspondientes revocaciones, se efectuarán según lo dispuesto en el artículo 10 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

9.2. La citada lista se elaborará con los aspirantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados funcionarios de carrera, ordenada de mayor a menor puntuación, teniendo en cuenta la suma de la/s puntuación/es de los ejercicio/s superado/s en estas pruebas selectivas y la puntuación obtenida en virtud de los méritos descritos en el Anexo I para la fase de concurso. En ningún caso formarán parte de la lista aquellos aspirantes que no hubiesen superado ejercicio alguno. En caso de empate, se estará a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio, y de persistir el empate, el orden se establecerá por sorteo.

9.3. Una vez confeccionada la lista, el Rectorado de la Universidad de Almería procederá a su aprobación y publicación en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, quedando derogada automáticamente cualquier otra lista anterior a ésta y que estuviera vigente para la misma Escala a la que se refiere esta convocatoria en su artículo 1.1. En esta misma publicación quedarán regulados todos los aspectos concernientes al uso y funcionamiento de la mencionada lista.

9.4. La lista de espera estará vigente hasta la derogación de la misma en la convocatoria de la celebración de nuevas pruebas selectivas en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática.

10. Norma final.

10.1. La presente resolución agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en el artículo 62.1 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, modificados por el Decreto 237, de 12 de julio de 2011. Contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a partir igualmente de la publicación de esta resolución, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10.2. Las personas que tengan la consideración de interesados en el procedimiento podrán interponer recurso de alzada contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas ante el Rector de la Universidad, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

10.3. Asimismo, el Rector de la Universidad de Almería podrá, en su caso, proceder a la revisión de los Acuerdos del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 27 de agosto de 2018.- El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

ANEXO I

Procedimiento de selección

El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.

1. Fase de oposición:

La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, teniendo todos ellos carácter eliminatorio:

1.1. Primer ejercicio. Consistirá en contestar un cuestionario de noventa preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura como Anexo II de esta convocatoria. Se calificará de cero a quince puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de siete puntos y medio. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la superación de este ejercicio. Cada respuesta errónea se penalizará con un cuarto de respuesta correcta, de manera que, a efectos de obtener la calificación en el primer ejercicio, el número de aciertos vendrá dado por la aplicación de la siguiente fórmula:

AN = A – (F x 0,25)

siendo «AN» el número de aciertos a considerar a efectos del cómputo de la calificación, «A» el número de aciertos obtenidos en el ejercicio y «F» el número de errores obtenidos en el ejercicio. Las preguntas no contestadas no se tendrán en cuenta a estos efectos.

1.2. Segundo ejercicio. El Tribunal propondrá a los aspirantes tres supuestos prácticos basados en las materias contenidas en la Segunda Parte del programa que figura como Anexo II de esta convocatoria. Los aspirantes deberán desarrollar por escrito dos de los tres supuestos. El ejercicio se calificará de cero a quince puntos, calificándose cada supuesto de cero a siete puntos y medio. Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de siete puntos y medio, y no obtener cero puntos en ninguno de los supuestos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

2. Fase de concurso:

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición.

Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los méritos no justificados documentalmente en el plazo establecido en el apartado 3.2 de esta convocatoria no podrán ser valorados en esta fase de concurso. La puntuación máxima de esta fase será de 20 puntos.

La valoración de los méritos se realizará teniendo en cuenta los servicios prestados en la Administración Pública en relación con las Tecnologías de la Información y la Comunicación, bien como Personal Funcionario del Subgrupo A2 o superior, bien como Personal Laboral en Grupo similar. Dichos servicios se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:

1. En la Universidad de Almería: 0,006 puntos por día de servicio.

2. En otra universidad: 0,003 puntos por día de servicio.

3. En otra administración: 0,0015 puntos por día de servicio.

3. Calificación final.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso, y en el supuesto de persistir el empate, se estará a la mayor antigüedad en la Universidad de Almería.

ANEXO II

Primera parte

Bloque I: Legislación y Gestión Administrativa

1. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Ordenación de la actividad profesional. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario.

2. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades: Las funciones y autonomía de las Universidades. Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico. La estructura de las Universidades públicas: centros, facultades, escuelas, escuelas de doctorado, departamentos e Institutos Universitarios de Investigación.

3. Los Estatutos de la Universidad de Almería. Título Preliminar. Título I. De la estructura de la Universidad. Título II. Del Gobierno de la Universidad. Título III. De la Comunidad Universitaria. Título IV. De las Actividades de la Universidad. Título V. De los Servicios Universitarios. Título VII. Régimen Jurídico y Disciplinario.

4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Título preliminar. Disposiciones generales. Título I. De los interesados en el procedimiento. Título II. De la actividad de las Administraciones Públicas: Normas generales.

5. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: Funcionamiento electrónico del sector público. Relaciones electrónicas entre las Administraciones.

6. La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y obligaciones. El Delegado de Prevención. El Comité de Seguridad y Salud.

7. La protección de datos personales y su normativa reguladora. Las Agencias de Protección de Datos: competencias y funciones.

Segunda parte

Bloque II: Administración Electrónica

8. La sociedad de la información. Legislación sobre sociedad de la información y firma electrónica. El DNI electrónico.

9. Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica (modificado por Real Decreto 951/2015, de 23 de octubre).

10. Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica. Normas Técnicas de Interoperabilidad.

11. Normativa propia de la Universidad de Almería en relación a la protección de datos personales y al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad.

12. Resolución de 14 de julio de 2017, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se establecen las condiciones de uso de firma electrónica no criptográfica, en las relaciones de los interesados con los órganos administrativos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

13. La Plataforma de tramitación W@nda.

Bloque III: Tecnología básica

14. Tecnologías actuales de ordenadores: Base tecnológica. Componentes, funcionalidades y capacidades.

15. Conceptos de sistemas operativos. Estructuras, componentes y funciones. Características y evolución. Administración de memoria. Procesos y subprocesos. Entrada/salida. Sistemas de archivo. Sistemas operativos multiprocesador.

16. Lenguajes actuales de programación: Características técnicas.

17. El modelo TCP/IP: Arquitectura, capas, interfaces, protocolos, direccionamiento y encaminamiento

Bloque IV: Gestión de servicios TIC

18. El marco de referencia ITIL.

19. El sistema de gestión de la calidad ISO 9001:2015.

Bloque V: Sistemas y comunicaciones

20. Administración de Sistemas operativos MacOS, Linux y windows. Funciones y responsabilidades.

21. Administración de Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Funciones y Responsabilidades. BD Documentales y Relacionales.

22. El Sistema Gestor de Bases de Datos ORACLE.

23. Prácticas de mantenimiento de equipos informáticos. Mantenimiento preventivo, correctivo y perfectivo.

24. Planificación física y mantenimiento de un Centro de Proceso de Datos. Vulnerabilidad, riesgo y protección.

25. Virtualización de sistemas de información.

26. Almacenamiento masivo de datos. Sistemas SAN, NAS y DAS: Componentes, protocolos, gestión y administración. Virtualización del almacenamiento. Gestión de volúmenes.

27. Redes locales. Tipología. Medios de transmisión. Métodos de acceso. Dispositivos de interconexión.

28. Administración de redes locales. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. Monitorización y control de tráfico. Gestión SNMP.

29. La seguridad en redes. Control de accesos. Técnicas criptográficas. Mecanismos de firma digital. Intrusiones. Cortafuegos. Redes privadas virtuales.

30. La red Internet: arquitectura de red. Principios de funcionamiento. Servicios: evolución, estado actual y perspectivas de futuro.

31. Telecomunicaciones de voz. Tecnologías VoIP. Convergencia telefonía fija-telefonía móvil.

32. Comunicaciones de voz y datos para dispositivos móviles.

33. Redes inalámbricas: protocolos 802.11x Wi-Fi y WiMAX. Características funcionales y técnicas. Sistemas de acceso. Modos de operación. Seguridad. Normativa reguladora.

34. Servidores web y servidores de aplicaciones. Gestores de contenidos web.

Bloque VI: Desarrollo de sistemas de información

35. Ingeniería del software. Fundamentos del análisis de requerimientos y métodos. Fundamentos del diseño software. Técnicas de prueba.

36. Metodologías de desarrollo ágiles. SCRUM.

37. La calidad del software y su medida.

38. Diseño de estructuras de datos en bases de datos relacionales. El Modelo Entidad-Relación. El lenguaje SQL y PL/SQL.

39. Programación estructurada y programación orientada a objetos.

40. La arquitectura J2EE. Características de funcionamiento. Elementos constitutivos. Productos y herramientas.

41. Aplicaciones web. Tecnologías de programación: html5, css3, javascript, applets, servlets, ASP, JSP y PHP.

42. Accesibilidad, diseño universal y usabilidad.

43. Servicios Web: SOAP y REST. Estándares y protocolos asociados. Interoperabilidad y Seguridad en Servicios Web.

44. Desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles Android e IOS.

45. Datawarehouse , Datamarts y minería de datos.

Bloque VII: Multimedia

46. Optimización de vídeo y métodos de comprensión para multimedia. Sistemas de almacenamiento. Transmisión de información multimedia.

47. El software multimedia. Integración multimedia en Internet.

48. Aplicaciones multimedia para educación y formación.

49. Automatización de salas audiovisuales. Interpretación de planos y esquemas de audio y vídeo.

ANEXO III

Declaración Jurada

Don/Doña ......................................................................................................................................, con domicilio en ........................................................................................................................... y Documento Nacional de Identidad número ........................................................................ declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de carrera de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

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