Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 05/10/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 2 de julio de 2018, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de formación profesional «La Cartuja» de Sevilla. (PP. 2304/2018).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Elena Piedra Domínguez, como representante de «DXT Formadores de Técnicos Deportivos, S.L.», entidad titular del centro docente privado de formación profesional La Cartuja, con domicilio en Glorieta de Beatriz Manchón, s/n, de Sevilla, por el que solicita modificar la autorización administrativa con la que cuenta el mismo, por la ampliación de sus enseñanzas en un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Acondicionamiento físico, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 41021391, tiene autorización para impartir dos ciclos formativos de formación profesional de grado medio de Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural y cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado superior de Animación de actividades físicas y deportivas.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE de 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE de 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 651/2017, de 23 de junio (BOE de 8 de julio), por el que se establece el título de Técnico Superior en Acondicionamiento físico y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de formación profesional «La Cartuja», código 41021391 y domicilio en Glorieta de Beatriz Manchón, s/n, de Sevilla, cuyo titular es DXT Formadores de Técnicos Deportivos, S.L., que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:

Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

Animación de actividades físicas y deportivas (uno impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 4.

Grupos: 8.

Puestos escolares: 240.

Acondicionamiento físico (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Sexto. De conformidad con el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso escolar 2018/2019.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 2 de julio de 2018

SONIA GAYA SÁNCHEZ
Consejera de Educación
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