Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 25/10/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 6 de febrero de 2015, del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, dimanante de autos núm. 12/2010. (PP. 2487/2018).

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NIG: 1101242M20090000761.

Procedimiento: Juicio Ordinario 12/2010. Negociado: V.

Sobre Disolución judicial.

De: Don Antonio García González.

Procuradora: Sra. Teresa Conde Mata.

Contra: Multimedia Miembros y Asociados, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Ordinario 12/2010 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz a instancia de don Antonio García González representados por la Procuradora doña María Teresa Conde Mata contra Multimedia Miembros y Asociados, S.L., sobre disolución judicial, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 23/15

En Cádiz, a 4 de febrero de 2015.

Han sido vistos por mí, doña M.ª del Pilar Sebastián Benito, Juez de Adscripción Territorial de Andalucía, actuando en sustitución del titular del Juzgado núm. Uno de lo Mercantil de Cádiz, los autos de juicio ordinario 12/10, en los que son partes, como demandante, don Antonio García González, representada por la Procuradora Sra. Conde Mata, y asistido por el/la Letrado/a Sr./a., y, como demandada, «Multimedia Miembros y Asociados, S.L.», en rebeldía, cuyo objeto es disolución de sociedad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Conde Mata, en nombre y representación de don Antonio García González, contra «Multimedia Miembros y Asociados, S.L.», debo declarar y declaro disuelta la sociedad demandada, por concurrir las causas previstas en el art. 363.1.c) y d) de la LSC, con expresa condena en costas de la parte demandada. Una vez firme la presente resolución, líbrese mandamiento al Registro Mercantil, a fin de que se proceda a inscribir la disolución acordada, procédase, por la Secretaria Judicial, al nombramiento de liquidador, conforme al art. 341.1 de la LEC, y con arreglo a lo expuesto en el fundamento jurídico cuarto de la presente resolución, previa la correspondiente petición de parte.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, en legal forma.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, dirigido a la llma. Audiencia Provincial de Cádiz, que deberá interponerse en el plazo de 20 días a partir de la notificación de la presente, previa consignación, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, del depósito legalmente exigido para recurrir, por importe de 50 euros, sin el cual no se admitirá a trámite.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su incorporación a la causa, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandados Multimedia Miembros y Asociados, S.L., extiendo y firmo la presente en Cádiz, a seis de febrero de dos mil quince.- La Secretaria.

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