Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 19/12/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 5 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se hacen públicos la composición y el fallo del jurado y se conceden los premios «Rosa Regàs» a materiales curriculares que destaquen por su valor coeducativo, correspondientes al curso 2017-2018.

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La XII Edición de los premios «Rosa Regàs» a materiales curriculares que destaquen por su valor coeducativo, fue convocada por Resolución de 17 de abril de 2018 de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se convocan los premios «Rosa Regàs» a materiales curriculares que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres en educación y que destaquen por su valor coeducativo, en su XII edición correspondiente al curso 2017-2018 (BOJA núm. 85, de 4 de mayo de 2018).

Tras haberse reunido el jurado calificador, cuya composición ha sido hecha pública por Resolución de 31 de octubre de 2018, de la Dirección General de Participación y Equidad, y haber emitido su fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Orden de 24 de enero de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras de los premios y en virtud de lo establecido en su artículo 21.1, por delegación de la Excma. Sra. Consejera de Educación, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Primero. Hacer público el fallo del jurado, acordado en su reunión celebrada en la ciudad de Sevilla, el día 15 de noviembre de 2018, cuyo contenido es el siguiente:

MODALIDAD A

Primer premio:

Dotado con 2.588,00 € al trabajo «Moldeando la igualdad».

«Moldeando la igualdad» es un programa coeducativo que trabaja con toda la comunidad educativa y que pretende desmontar prejuicios y forjar una igualdad real entre hombres y mujeres, entre chicos y chicas, mediante la realización de actividades prácticas, cooperativas, inclusivas y transformadoras que conlleven un compromiso real y demostrable hacia la igualdad.

El programa se basa en los resultados del diagnóstico del Plan de Igualdad del centro. La visibilización de las mujeres, la interiorización del feminismo, las relaciones amorosas sanas, la coorresponsabilidad y la construcción de una comunidad coeducativa son los pilares del proyecto.

Autoría: Doña María José García Notario y don Juan Carlos Rodríguez Aguilar del IES Sierra de Yeguas de Sierra de Yeguas (Málaga).

Segundo premio:

Dotado con 2.012,00 € al trabajo «Familia no hay más que muchas».

El trabajo que se presenta es un proyecto que está compuesto por 16 montajes (fotografías y textos), con unas dimensiones de 40 x 50 sobre madera, de 16 familias de diferente tipología, en los que las familias del alumnado se han prestado a presentar a sus miembros, así como explicar cómo es cada componente de ésta, cómo es su vida diaria, los planes de futuro… con el fin de poner en valor y en conocimiento que existen diferentes tipos de familias y que todas son iguales de válidas. Además, se han elaborado 5 cuestionarios de trabajo adaptados desde infantil de 3 años hasta 4º de E. Secundaria. El fin primordial del proyecto es que vaya pasando por todos los centros que lo soliciten.

Autoría: Don Sergio Padial Fajardo, del CEIP El Pinillo de Torremolinos, Málaga.

Tercer premio:

Dotado con 1.150,00 € al trabajo «Poemas Fuertes».

Coincidiendo con que el en 2017 se celebró el centenario del nacimiento de Gloria Fuertes, quisieron poner en valor su poesía para personas adultas.

Partieron de la biografía de Gloria Fuertes para situar al alumnado (agrupado en pequeños grupos) en la tesitura de inventar la biografía de una poeta coetánea de la autora.

Desde esa biografía ficticia, los alumnos y alumnas han tenido que escribir poemas sobre distintos temas (amor, feminismo, soledad…), tomando como modelos los textos de la escritora y utilizando distintos recursos literarios previamente localizados en sus versos.

Desde el punto de vista coeducativo, los momentos más importantes han sido aquellos en que los alumnos (chicos) se han situado en el lugar de una mujer a la hora de sentir, pensar y escribir sobre ello. Por otra parte todo el alumnado ha tenido que retrotraerse a las dificultades de las mujeres para desenvolverse con libertad en la sociedad española del S. XX.

Se trata de un proyecto que utiliza la metodología ABP y el aprendizaje cooperativo.

Todos los poemas escritos se reúnen en formato de libro digital bajo el nombre de las autoras ficticias y se publican en ediciones de descarga gratuita.

Autoría: Don José Ignacio Gallardo Ballesteros, del IES Chaves Nogales de Sevilla; don Diego Bernal Ortega, del CEP de Castilleja de la Cuesta (Sevilla), y don Víctor Peña Dacosta, de IES Mar Serena de Pulpí (Almería).

MODALIDAD B

MEMORIA CONTRA EL OLVIDO: LAS ESCRITORAS DE LA GENERACIÓN DEL 27

En su primera parte, este ensayo pretende profundizar en las razones del olvido y la invisibilización de las escritoras de la Generación del 27, preguntándose por el papel de los varones que convivieron con ellas durante el fervor republicano, la guerra y el largo camino del exilio, pues no las mencionaron en sus textos memorialísticos.

La segunda parte del libro se adentra en el origen de las primeras intelectuales españolas del S. XX, para explicar cómo sus reivindicaciones políticas y educativas hicieron posible una generación posterior de mujeres vanguardistas que, ya en el espacio de libertad republicano, llegarían a ser nombres fundamentales de nuestras letras aún por redescubrir, como Rosa Chacel, María Zambrano, Concha Méndez.

Este libro está siendo ya utilizado como material complementario de clase en algunos centros educativos de Andalucía.

Representante: Joaquín Recio Martínez.

SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA ATRAPASUEÑOS MIS PRIMERAS PALABRAS EN IGUALDAD. DICCIONARIO ADAPTADO PARA EDUCACIÓN ESPECIAL

La realización de «Mi primer diccionario coeducativo», trata de explicar términos relacionados con la igualdad, tanto en lectura fácil como en pictogramas (Accesibilidad Cognitiva). El formato en el que se presenta, está pensado para que la transmisión de los conceptos y definiciones mejore y se puedan obtener resultados más eficaces en la comprensión de la materia en el sector de población al que va dirigido: niñas y niños y jóvenes con discapacidad intelectual.

Consideran que la importancia de la igualdad en colectivos más vulnerables, debe ser prioridad, como así se detalla en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en el desarrollo legislativo a nivel nacional y de Andalucía.

Representante: Antonio García Angulo. Asprogrades (Asociación a favor de personas con discapacidad intelectual de Granada).

Segundo. A la vista del fallo emitido por el jurado, y conforme al artículo 20 de la Orden la Consejería de Educación de 24 de enero de 2012, se estima conceder los premios que se especifican en el anexo en el que se indican los títulos de los trabajos premiados, la cuantía de la dotación económica concedida y las personas beneficiarias.

Tercero. El pago de los premios se efectuará de una sola vez por la totalidad del importe concedido en cada caso, con cargo a la partida presupuestaria G/54C/48101/00/01 del ejercicio 2018, previa justificación de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Orden de la Consejería de Educación de 24 de enero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios.

Cuarto. El importe de los premios con dotación económica está sometido a la legislación vigente sobre retenciones y tratamiento fiscal para premios, previsto en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

Quinto. Todas las personas beneficiarias de estos premios estarán sujetas a las siguientes obligaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la citada Orden de 24 de enero de 2012:

a) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería competente en materia de educación y a las de control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, es decir, la Intervención General de la Junta de Andalucía, Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas de Andalucía, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

b) Comunicar a la Consejería competente en materia de educación la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

c) Proceder al reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia de interés de demora correspondiente desde el momento del pago hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro cuando se incurra en algunos supuestos del mismo.

d) Comunicar a la Consejería competente en materia de educación todos aquellos cambios de domicilio, a efectos de notificaciones, que se produzcan durante el período en el que la ayuda es susceptible de control. Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las personas beneficiarias de subvenciones estarán obligadas a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de los materiales objeto de la subvención que los mismos están subvencionados por la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de educación.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General de Participación y Equidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la la ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de diciembre de 2018.- La Directora General, María Isabel González Gómez.

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