Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 19/12/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 10 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se aprueban subvenciones para la promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía durante el curso 2018/2019.

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La Orden de 15 de abril de 2011, de la Consejería de Educación (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía.

La Resolución de 11 de mayo de 2018 (BOJA núm. 98, de 23 de mayo), de la Dirección General de Participación y Equidad, efectuó la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2018/2019.

Atendiendo a la propuesta de la comisión evaluadora y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio económico, esta Dirección General de Participación y Equidad, por delegación de la Excma. Sra. Consejera de Educación, en virtud del artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, de la Consejería de Educación,

ha resuelto

Primero. Aprobar la relación definitiva de subvenciones concedidas a entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de padres y madres del alumnado de los centros educativos sostenidos con fondos públicos que han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias, para la realización de proyectos de voluntariado durante el curso 2018/2019, con expresión de la puntuación obtenida y la cuantía que se indica en el Anexo I.

El presupuesto aprobado para cada una de las entidades beneficiarias y que es objeto de subvención en esta resolución, corresponde con el aportado por las mismas, en función del importe solicitado y de acuerdo con lo recogido en el art. 17.1 de las Bases Reguladoras de esta subvención.

Segundo. Denegar las subvenciones solicitadas por entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de padres y madres del alumnado de los centros educativos sostenidos con fondos públicos, para la realización de proyectos de voluntariado durante el curso 2018/2019, las cuales no han obtenido la puntuación suficiente para ser consideradas beneficiarias, según se relaciona en el Anexo II.

Tercero. Excluir las solicitudes de subvenciones relacionadas en el Anexo III, por las causas que en el mismo se indican.

Cuarto. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas corresponderá al curso académico 2018/2019 y por tanto, se computará según el calendario escolar correspondiente, desde el día 1 de septiembre de 2018 al 31 de agosto de 2019.

Quinto. De conformidad con lo establecido en el apartado Quinto h) de la Resolución de convocatoria de 11 de mayo de 2018, las subvenciones concedidas se imputarán al artículo 48, programa 54C del presupuesto de gastos de la Consejería de Educación.

Sexto. De conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras de la presente convocatoria, se procederá a realizar el pago tal como se especifica en el apartado 24 del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía», en un único libramiento en firme, tras la firma de la resolución definitiva de la convocatoria, con justificación diferida, en transferencia bancaria a la cuenta corriente que haya señalado la entidad beneficiaria. La titularidad de dicha cuenta debe obrar a nombre de la entidad solicitante.

Séptimo. Las entidades beneficiarias cumplen los requisitos que, como se señala en el artículo 3.1 de las bases reguladoras, están especificados en el apartado 4.a.2º del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía».

Octavo. Las obligaciones de las entidades beneficiarias, establecidas de acuerdo con los artículos 116.3 y 119.h) del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011, de bases reguladoras, son las siguientes:

1. Son obligaciones de la entidad beneficiaria:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones en la forma y plazos establecidos.

b) Justificar ante el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) El sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos.

e) Comunicar al órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. Asimismo, se comunicará cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.

f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos en el apartado 22 del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía», con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Administración de la Junta de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha concedido, utilizando un lenguaje no sexista. En los supuestos de subvenciones financiadas con fondos comunitarios, se deberá cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea. En todo caso, se deberán adoptar las medidas específicas de información y publicidad que se indican en el apartado 23.a) del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía».

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 28 de las bases reguladoras de la convocatoria.

j) Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio o de la dirección de correo electrónico durante el período en el que la subvención es susceptible de control.

k) Cualquier otra condición u obligación específica que se establezca en el apartado 23.b) del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía».

2. Conforme al artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la entidad beneficiaria, la entidad colaboradora, en su caso, y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que corresponden a la Intervención General de Junta de Andalucía, así como a los órganos que, de acuerdo con la normativa comunitaria, tengan atribuidas funciones de control financiero, a cuyo fin tendrán las facultades:

a) El libre acceso a la documentación objeto de comprobación, incluidos los programas y archivos en soportes informáticos.

b) El libre acceso a los locales de negocio y demás establecimientos o lugares en que se desarrolle la actividad subvencionada o se permita verificar la realidad y regularidad de las operaciones financiadas con cargo a la subvención.

c) La obtención de copia o la retención de las facturas, documentos equivalentes o sustitutivos y de cualquier otro documento relativo a las operaciones en las que se deduzcan indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la subvención.

d) El libre acceso a información de las cuentas bancarias en las entidades financieras donde se pueda haber efectuado el cobro de las subvenciones o con cargo a las cuales se puedan haber realizado las disposiciones de los fondos.

3. La negativa al cumplimiento de estas obligaciones se considerará resistencia, excusa, obstrucción o negativa a los efectos previstos en el artículo 28 de las bases reguladoras, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, pudieran corresponder.

Noveno.

1. Las entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de la subvención concedida ante esta Dirección General, siendo el plazo máximo para ello el 31 de agosto de 2019, y en la forma establecida en el apartado 26 del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía».

2. Aquellos documentos que sirvan de base a la justificación presentada por las entidades subvencionadas, deberán ser debidamente estampillados por la Administración Educativa, haciendo constar que el documento ha sido presentado para la justificación de la subvención otorgada por la Consejería de Educación.

3. Con carácter adicional, las entidades beneficiarias estarán obligadas a aportar cualquiera otra documentación que se prevea de forma específica para la subvención concedida en las instrucciones que puedan dictarse, para la mejor justificación de los gastos.

Décimo.

1. Además de los casos de nulidad y anulabilidad de la resolución de concesión previstos en el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, procederá también el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial del objetivo de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.

d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión.

e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en el Título VIII LGHP, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por el órgano concedente a las entidades beneficiarias y a las entidades colaboradoras, así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

g) Incumplimiento de las normas medioambientales al realizar el objeto de la subvención o ayuda. En este supuesto, la tramitación del expediente de reintegro exigirá previamente que haya recaído resolución administrativa o judicial firme, en la que quede acreditado el incumplimiento por parte de la entidad beneficiaria de las medidas en materia de protección del medio ambiente a las que viniere obligada.

h) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las personas o entidades beneficiarias, y a las entidades colaboradoras, así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

i) La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 107 a 109 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de reintegro.

j) Cualquiera de las causas específicas de reintegro contempladas en el apartado 27.a) del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía».

2. En el supuesto de que el importe de las subvenciones resulte ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad subvencionada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.

3. Los criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos de condiciones impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones serán los establecidos en el apartado 27.b) del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía».

4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público. El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal del dinero incrementado en un 25%, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado o la normativa comunitaria aplicable establezcan otro diferente. El destino de los reintegros de los fondos de la Unión Europea, en su caso, tendrá el tratamiento que en su caso determine la normativa comunitaria.

5. La incoación, instrucción y la resolución del procedimiento de reintegro corresponde a los órganos señalados en el apartado 27.c) del Cuadro Resumen de «Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía».

El procedimiento, cuyo plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de doce meses desde la fecha de acuerdo de iniciación, tendrá siempre carácter administrativo.

6. La resolución de reintegro será notificada a la persona o entidad interesada con indicación de la forma y plazo en que deba efectuarse.

Undécimo. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante esta Dirección General, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de diciembre de 2018.- La Directora General, M.ª Isabel González Gómez.

ANEXO I

RELACIÓN DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO, BENEFICIARIAS DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE VOLUNTARIADO DURANTE EL CURSO 2018/2019

NÚM. ORDEN ENTIDAD CIF LOCALIDAD PUNTOS PRESUPUESTO ACEPTADO AYUDA CONCEDIDA % AYUDA
1 AMPA LA PIZARRA G72234289 SANLÚCAR DE BARRAMEDA 96 1.632,00 € 1.632,00 € 100,00%
2 AMPA EL MANANTIAL G11286630 VEJER DE LA FRONTERA 95 1.550,00 € 1.550,00 € 100,00%
3 AMPA LA DÁRSENA G41215724 SEVILLA 93 1.581,00 € 1.581,00 € 100,00%
4 AMPA MAESTRÍA G29576485 MÁLAGA 90 1.450,00 € 1.450,00 € 100,00%
5 AMPA EL PRADILLO G41467721 LA PUEBLA DE LOS INFANTES 90 1.530,00 € 1.530,00 € 100,00%
6 AMPA LOS DÓLMENES G91470682 CASTILLEJA DE GUZMÁN 90 1.530,00 € 1.530,00 € 100,00%
7 ASOCI
ACIÓN ASTRONÓMICA
DE ESPAÑA
G41157066 SEVILLA 90 1.530,00 € 1.530,00 € 100,00%
8 AMPA EL NAVAS G23228075 JAÉN 88 1.500,00 € 1.500,00 € 100,00%
9 AMPA JUAN XXIII G41443508 CASTILLEJA DE LA CUESTA 88 880,00 € 880,00 € 100,00%
10 AMPA EL BÚCARO G14378434 LA CARLOTA 86 995,00 € 995,00 € 100,00%
11 AMPA ATENEA G91728378 GILENA 86 860,00 € 860,00 € 100,00%
12 AMPA ODISEA G41407784 GILENA 86 865,00 € 865,00 € 100,00%
13 AMPA LA PIETÁ G14221394 PEÑARROYA-PUEBLONUEVO 85 1.250,00 € 1.250,00 € 100,00%
14 ASOCIACIÓN PLATAFORMA ALUMNOS SANTA MARÍA DE LOS ÁNGELES G92593011 MÁLAGA 85 1.445,00 € 1.445,00 € 100,00%
15 AMPA VIRGEN DE ZOCUECA G23275902 BAILÉN 84 1.428,00 € 1.428,00 € 100,00%
16 AMPA ANTONIO MACHADO G41369471 LORA DE ESTEPA 84 1.100,00 € 1.100,00 € 100,00%
17 UNIÓN DE PARÁLISIS CEREBRAL (UPACE) G11025095 SAN FERNANDO 83 1.411,00 € 1.411,00 € 100,00%
18 AMPA NAUTILUS G41259110 SEVILLA 83 1.411,00 € 1.411,00 € 100,00%
19 AMPA JULIÁN CANELA G41883257 HERRERA 82 1.394,00 € 1.394,00 € 100,00%
20 AMPA EL CABILLO G04229043 OHANES 81 870,00 € 870,00 € 100,00%
21 AMPA TARTESSOS G11258639 SANLÚCAR DE BARRAMEDA 81 1.377,00 € 1.377,00 € 100,00%
22 AMPA JUAN VICTORIANO BARQUERO G14298624 LOS BLÁZQUEZ 81 1.377,00 € 1.377,00 € 100,00%
23 AMPA LA INMACULADA G18299479 OTÍVAR 80 1.360,00 € 1.360,00 € 100,00%
24 AMPA NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO G18730689 JATAR 80 800,00 € 800,00 € 100,00%
25 AMPA AZAHAR G92680313 BENALMÁDENA 80 1.360,00 € 1.360,00 € 100,00%
26 AMPA SURESTE G41124736 SEVILLA 80 1.360,00 € 1.360,00 € 100,00%
27 AMPA DEL CEIP ALBAICÍN G11053980 SANLÚCAR DE BARRAMEDA 76 1.292,00 € 1.292,00 € 100,00%
28 AMPA IMPRY SANLÚCAR G72112196 SANLÚCAR DE BARRAMEDA 76 1.292,00 € 1.292,00 € 100,00%
29 AMPA LA ALGAIDA G11230133 SANLÚCAR DE BARRAMEDA 76 1.292,00 € 1.292,00 € 100,00%
30 AMPA THARSIS G72179328 SANLÚCAR DE BARRAMEDA 76 1.292,00 € 1.292,00 € 100,00%
31 AMPA EL ENCANTADO G23650823 JABALQUINTO 76 795,00 € 795,00 € 100,00%
32 ASOCIACIÓN DE ALUMNOS PABLO FREIRE G04234175 ALBOX 75 1.275,00 € 1.275,00 € 100,00%
33 AMPA EL PARVULITO G23283310 JÓDAR 75 750,00 € 750,00 € 100,00%
34 AMPA EL PATIO G23301237 MANCHA REAL 75 1.275,00 € 1.275,00 € 100,00%
35 AMPA TOMILLARES G23220924 JÓDAR 75 750,00 € 750,00 € 100,00%
36 AMPA LA HUERTA G11777687 CHIPIONA 73 1.241,00 € 1.241,00 € 100,00%
37 AMPA ARCO DE LA ALAMEDA G23025208 JAÉN 73 1.230,00 € 1.230,00 € 100,00%
38 AMPA VILLAFLORES G23351497 JÓDAR 73 700,00 € 700,00 € 100,00%
39 AMPA ANDRÉS BENÍTEZ G11651551 JEREZ DE LA FRONTERA 72 1.000,00 € 1.000,00 € 100,00%
40 AMPA PUERTO DEL BOQUETE G18263921 VENTAS DE ZAFARRAYA 72 600,00 € 600,00 € 100,00%
41 AMPA EUROPA G23646672 BEAS DE SEGURA 72 1.224,00 € 1.224,00 € 100,00%
42 AMPA EL VENERO G41599580 SAN NICOLÁS DEL PUERTO 72 600,00 € 600,00 € 100,00%
43 AMPA NUEVA ESPERANZA G41125451 CANTILLANA 72 1.224,00 € 1.224,00 € 100,00%
44 AMPA SAN JOSÉ DE CALASANZ G29718285 COLMENAR 71 1.260,00€ 1.207,00 € 95,79%
45 AMPA CARMEN G41517368 SEVILLA 71 1.207,00 € 1.207,00 € 100,00%
46 ASOCIACIÓN CULTURAL TALÍA G04026266 DALÍAS 70 1.145,00 € 1.145,00 € 100,00%
47 AMPA GUADALMESÍ G11053865 CÁDIZ 70 1.190,00 € 1.190,00 € 100,00%
48 FUNDACION PROYECTO DON BOSCO G14522171 CÓRDOBA 70 1.190,00 € 1.190,00 € 100,00%
49 AMPA ALHORI G23222318 JÓDAR 70 700,00 € 700,00 € 100,00%
50 AMPA PORTILLO DE GALDURIA G23678550 JÓDAR 70 700,00 € 700,00 € 100,00%
51 AMPA LA TAHONA G93099661 COMARES 70 1.190,00 € 1.190,00 € 100,00%
52 AMPA PAPEL Y TIJERAS G92527993 COLMENAR 70 780,00 € 780,00 € 100,00%
53 AMPA BLAS INFANTE G41468349 MORÓN DE LA FRONTERA 70 680,00 € 680,00 € 100,00%
54 AMPA LAS PARRAS G41885187 MONTELLANO 70 1.190,00 € 1.190,00 € 100,00%
55 AMPA MARIANA PINEDA G91485342 MARINALEDA 70 1.190,00 € 1.190,00 € 100,00%
56 AMPA LA RETAMA G72240468 CHIPIONA 69 1.173,00 € 1.173,00 € 100,00%
57 AMPA 1812 G11443496 CÁDIZ 68 800,00 € 800,00 € 100,00%
58 AMPA REY SABIO G11664000 JEREZ DE LA FRONTERA 68 1.000,00 € 1.000,00 € 100,00%
59 AMPA AMBROSIO PARRADO G41820192 CASARICHE 68 900,00 € 900,00 € 100,00%
60 AMPA LOPE DE VEGA G41167289 CASARICHE 68 990,00 € 990,00 € 100,00%
61 AMPA NUEVO COLE G90287426 GUILLENA 68 1.156,00 € 1.156,00 € 100,00%
62 AMPA SAN ISIDORO DEL CAMPO G91967992 SANTIPONCE 68 754,00 € 754,00 € 100,00%
63 AMPA LA SOLEÁ G11616000 JEREZ DE LA FRONTERA 67 1.305,00 € 1.139,00 € 87,28%
64 AMPA ALMAZARA G23017676 JAÉN 67 1.139,00 € 1.139,00 € 100,00%
65 AMPA EL RELOJ G23458136 BAILÉN 67 700,00 € 700,00 € 100,00%
66 AMPA NIELES G04316881 CANJAYAR 65 1.105,00 € 1.105,00 € 100,00%
67 AMPA ÁGORA G11660404 JEREZ DE LA FRONTERA 65 1.000,00 € 1.000,00 € 100,00%
68 AMPA PAPEL DE SEDA G11231693 EL PUERTO DE SANTA MARÍA 65 1.000,00 € 1.000,00 € 100,00%
69 AMPA EL PRADO G21388996 CORTEGANA 65 1.105,00 € 1.105,00 € 100,00%
70 AMPA FORTALEZA G23255953 BAILÉN 65 1.105,00 € 1.105,00 € 100,00%
71 AMPA PUERTA ABIERTA G23410012 JÓDAR 65 750,00 € 750,00 € 100,00%
72 AMPA CRUCE DE CAMINOS G41846643 LANTEJUELA 65 1.000,00 € 1.000,00 € 100,00%
73 AMPA SUR G72030042 CÁDIZ 64 1.088,00 € 1.088,00 € 100,00%
74 AMPA INICIATIVA PROGRESO V18350983 GRANADA 64 1.088,00 € 1.088,00 € 100,00%
75 ASOCIACIÓN OLONTENSE CONTRA LA DROGA G21192000 GIBRALEÓN 64 1.088,00 € 1.088,00 € 100,00%
76 AMPA NUEVAS POBLACIONES G23015688 LA CAROLINA 64 1.088,00 € 1.088,00 € 100,00%
77 ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD VERDIBLANCA G04014064 ALMERÍA 63 1.140,00 € 1.071,00 € 93,95%
78 AMPA NUESTRA SEÑORA DE LA MISERICORDIA G23228430 TORREPEROGIL 63 1.071,00 € 1.071,00 € 100,00%
79 AMPA PEDRO ANTONIO DE ALARCÓN G18214098 BÉRCHULES 62 1.060,00 € 1.054,00 € 99,43%
80 AMPA SAN MARCOS G18307074 BELICENA 62 1.054,00 € 1.054,00 € 100,00%
81 AMPA CACHONERA G21443627 GALAROZA 62 400,00 € 400,00 € 100,00%
82 AMPA ALBAICÍN G23285240 BAEZA 62 1.054,00 € 1.054,00 € 100,00%
83 AMPA LA ISLA G23249758 BAEZA 62 1.054,00 € 1.054,00 € 100,00%
84 AMPA LOS DESCALZOS G23468143 BAEZA 62 1.054,00 € 1.054,00 € 100,00%
85 AMPA PUENTE ROMANO G23416746 PUENTE DEL OBISPO 62 1.054,00 € 1.054,00 € 100,00%
86 AMPA RAVIDELVAN G23341555 BAEZA 62 1.054,00 € 1.054,00 € 100,00%
87 AMPA LA FUENTE G92435387 CANILLAS DE ALBAIDA 62 1.054,00 € 1.054,00 € 100,00%
88 AMPA JERÓNIMO JIMÉNEZ G41507641 DOS HERMANAS 62 980,00 € 980,00 € 100,00%
89 AMPA ALSALERNO G04310165 TABERNAS 61 1.574,45 € 1.037,00 € 65,86%
90 AMPA EL PUPITRE G11420130 CHIPIONA 61 1.037,00 € 1.037,00 € 100,00%
91 AMPA MAESTRÍA G72114853 LA LÍNEA 61 1.037,00 € 1.037,00 € 100,00%
92 AMPA ALCOHINE G29513645 COÍN 61 1.037,00 € 1.037,00 € 100,00%
93 AMPA EL JARDÍN G41978511 MARCHENA 61 750,00 € 750,00 € 100,00%
94 AMPA SOL DE PONIENTE G04342168 EL SOLANILLO 60 367,00 € 367,00 € 100,00%
95 AMPA SAN JUAN DE DIOS G11633294 JEREZ DE LA FRONTERA 60 1.020,00 € 1.020,00 € 100,00%
96 AMPA FONCANAL G18267245 LA CALAHORRA 60 1.020,00 € 1.020,00 € 100,00%
97 AMPA NEGRATÍN G18361576 FREILA 60 1.020,00 € 1.020,00 € 100,00%
98 AMPA CÁNDIDO GALLEGO MORA G21299839 TRIGUEROS 60 1.020,00 € 1.020,00 € 100,00%
99 AMPA EL MORANTE G21575188 CALAÑAS 60 1.020,00 € 1.020,00 € 100,00%
100 AMPA LA ESPIGA G21299458 TRIGUEROS 60 1.020,00 € 1.020,00 € 100,00%
101 AMPA SANTA CATALINA G21148184 EL GRANADO 60 600,00 € 600,00 € 100,00%
102 AMPA TROVADOR MACÍAS G23401508 ARJONILLA 60 820,00 € 820,00 € 100,00%
103 ASOCIACIÓN JUANA MARTOS G23364151 CAZORLA 60 1.020,00 € 1.020,00 € 100,00%
104 AMPA CERVANTES G91474783 LA RINCONADA 60 1.020,00 € 1.020,00 € 100,00%
105 AMPA EL TOLLÓN G41843350 EL CUERVO 60 1.000,00 € 1.000,00 € 100,00%
106 AMPA NUEVO CAMINO G91781559 BOLLULLOS DE LA MITACIÓN 60 600,00 € 600,00 € 100,00%
107 ASOCIACIÓN EDUCATIVA BADOEDUCA-SEVILLA G91931683 BADOLATOSA 60 1.020,00 € 1.020,00 € 100,00%
108 AMPA LA CASA ENCENDIDA G18335091 GRANADA 59 1.003,00 € 1.003,00 € 100,00%
109 AMPA EL MENTIDERO G11288867 CÁDIZ 57 969,00 € 969,00 € 100,00%
110 AMPA LA UMBRÍA G92190719 IZNATE 57 969,00 € 969,00 € 100,00%
111 AMPA CASTILLO DE HIERRO G90170630 PRUNA 56 952,00 € 952,00 € 100,00%
112 CLUB DEPORTIVO ALONGARVI G21470075 EL CAMPILLO 55 935,00 € 935,00 € 100,00%
113 AMPA CORAL G21150800 PUNTA UMBRÍA 54 508,00 € 508,00 € 100,00%
119.970,00 €

ANEXO II

RELACIÓN DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO CON SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN DENEGADAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE VOLUNTARIADO DURANTE EL CURSO 2018/2019

NÚM. ORDEN ENTIDAD CIF LOCALIDAD PUNTOS
1 AMPA AMIGOS DE LA CULTURA G41538984 OLIVARES 51
2 AMPA FUENTES DE YAYYÁN G23263536 JAÉN 50
3 AMPA LA ESPARTERA G19502525 GRANADA 45
4 AMPA LOS NARANJOS G21157961 HUELVA 45
5 AMPA PLEAMAR G21193800 MAZAGÓN 45
6 AMPA LA ESPERANZA G41874462 MAIRENA DEL ALJARAFE 45
7 AMPA GURUGÚ G21352133 AYAMONTE 43
8 AMPA 91 G41500935 CAMAS 43
9 AMPA SANTA ANA G92955178 ALGARROBO 42
10 AMPA WENCESLAO BENÍTEZ G11080785 SAN FERNANDO 41
11 AMPA SECUNDARIA PARA AVANZAR G91238063 LANTEJUELA 39
12 AMPA LOS TITANES G04752408 AGUADULCE 38
13 AMPA EL NOGAL G93400299 ESTACIÓN DE CÁRTAMA 38
14 AMPA LOS SUEÑOS G90304650 VILLAVERDE DEL RÍO 38
15 AMPA MEDITERRÁNEO G04023636 ALMERÍA 37
16 AMPA LAS CUEVAS DE BENALÚA G18583823 BENALÚA 36
17 AMPA SAN RAMÓN NONATO G-04246179 ZURGENA 34
18 ASOCIACIÓN LAS SIETE VILLAS G18792960 BENALÚA DE LAS VILLAS 28
19 AMPA FÉLIX RODRÍGUEZ DE LA FUENTE G41460628 DOS HERMANAS 28
20 AMPA GENIL G29703469 CUEVAS BAJAS 25

ANEXO III

RELACIÓN DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO CON SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN EXCLUIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE VOLUNTARIADO DURANTE EL CURSO 2018/2019

NÚM. ORDEN ENTIDAD CIF LOCALIDAD MOTIVO
1 AMPA EL GARCEL G04405700 ANTAS NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
2 AMPA TIERRA Y MAR G04459806 VILLARICOS/CUEVAS DE ALMANZORA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
3 AMPA ALFOZUR G04341830 ZURGENA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
4 ASOCIACIÓN SI TÚ QUIERES YO PUEDO (ASIQUIPU) G11353497 BARBATE FUERA DE PLAZO
5 AMPA Y AMIGOS DEL I.B. PEDRO MUÑOZ SECA G11056066 EL PUERTO DE SANTA MARÍA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
6 AMPA TREN CHUCU CHU G72191208 LOS BARRIOS NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
7 AMPA ERNESTO OLIVARES G11673449 SAN JOSE DEL VALLE NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
8 AMPA ROSALÍA DE CASTRO G14343073 ALCOLEA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
9 AMPA TERMENS G14253629 CABRA FUERA DE PLAZO
10 AMPA VALSECA G14416085 VALSEQUILLO NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
11 AMPA SAN JUDAS TADEO G18455220 CHIMENEAS NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
12 AMPA LA CALETA G18382978 SALOBREÑA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
13 AMPA MELAZA G18765768 SALOBREÑA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
14 AMPA MONTE HACHO G18303834 SALOBREÑA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
15 AMPA FUENTE QUINO G21282371 JABUGO NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
16 AMPA AZUL Y VERDE G21046552 PUNTA UMBRÍA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
17 AMPA LOS ENEBRALES G21523139 PUNTA UMBRÍA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
18 AMPA TORRE ALMENARA G21025721 PUNTA UMBRÍA FUERA DE PLAZO
19 AMPA VIRGEN DE LA RÁBIDA G21197132 SANLÚCAR DE GUADIANA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
20 AMPA CASIANO HIDALGO G21317326 VALVERDE DEL CAMINO NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
21 AMPA MONTIJAR G23283534 LA GUARDIA FUERA DE PLAZO
22 AMPA PUENTE NUEVO G23283161 PUENTE DE GÉNAVE NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
23 AMPA BELLA JARIFA G93581833 ESTACÍON (CÁRTAMA) NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
24 AMPA CAMINOS DE ILUSIÓN G93098986 MACHARAVIAYA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
25 AMPA LA PAZ G29552304 RONDA FUERA DE PLAZO
26 AMPA CERRO DEL ÁGUILA G92888676 TORRE DEL MAR NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
27 AMPA VILLA DEL ROSAL G92447986 VILLANUEVA DE TAPIA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
28 AMPA POR UNA EDUCACIÓN G41881335 GUILLENA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
29 AMPA JUAN XXIII G41999772 MARCHENA FUERA DE PLAZO
30 AMPA AL-RAUZ G41369091 PALOMARES DEL RIO NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
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