Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 06/02/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de noviembre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla, dimanante de autos núm. 96/2016. (PP. 22/2018).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00127652.

NIG: 4109142C20160001322.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 96/2016. Negociado: 2C.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Decal España, S.A.U.

Procurador: Sr. Pedro Campos Vázquez.

Contra: Servicios Petrolíferos Avanzados, S.L.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 96/2016 seguido a instancia de Decal España, S.A.U., frente a Servicios Petrolíferos Avanzados, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal (encabezamiento y fallo) es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 4/2017

Juez que la dicta: Don Jesús Medina Pérez.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Cinco de enero de dos mil diecisiete.

Parte demandante: Decal España, S.A.U.

Abogada: Laura Castillo Bas.

Procurador: Pedro Campos Vázquez.

Parte demandada: Servicios Petrolíferos Avanzados, S.L.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda deducida por el Procurador don Pedro Campos Vázquez, en nombre y representación de Decal España, S.A.U., contra Servicios Petrolíferos Avanzados, S.L., sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la suma de 204.662,42 euros, más los intereses previstos en la Ley 3/2004 de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, que se devengarán desde treinta días después de la fecha de cada factura.

Se condena a la demandada al abono de las costas del presente juicio.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4120 0000 04 0096 16, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la Disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicha demandada, Servicios Petrolíferos Avanzados, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Descargar PDF