Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 25/04/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de abril de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Huelva, dimanante de autos núm. 739/2017.

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NIG: 2104142C20170003333.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 739/2017. Negociado: I.

Sobre: Divorcio.

De: Elba Meneses Vasconcelos.

Procuradora: Sra. María del Mar Saavedra López.

Contra: María de Fátima Cardoso Oliveira.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 739/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete (Familia) de Huelva, a instancia de Elba Meneses Vasconcelos contra María de Fátima Cardoso Oliveira sobre Divorcio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En la ciudad de Huelva, a 22 de marzo de 2018.

SENTENCIA

Vistos por mí, Andrés Bodega de Val, Juez de Primera Instancia núm. Siete, los presente autos con el ordinal supramentado, sobre solicitud de divorcio, siendo parte demandante doña Elba Meneses Vasconcelos, y en calidad de parte demandada su esposa doña María de Fátima Cardoso Oliveira, en situación de rebeldía, atendiendo a los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda de Divorcio presentada por doña Elba Meneses Vasconcelos debo declarar y declaro la disolución del matrimonio concertado por doña Elba Meneses Vasconcelos y doña María de Fátima Cardoso Oliveira, con las consecuencias legales inherentes. Sin imposición de costas a las partes.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Huelva en plazo de veinte días contados desde el día siguiente de su notificación.

Inclúyase la misma en el libro de sentencias, dejando testimonio bastante en los autos de su razón.

Firme que sea la presente resolución, expídase testimonio al Registro Civil en el que conste la inscripción de matrimonio a los efectos de practicar el asiento registral correspondiente.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, Andrés Bodega de Val, Juez de Primera Instancia núm. Siete de Huelva.

El Magistrado-Juez.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demanda María de Fátima Cardoso Oliveira, extiendo y firmo la presente en Huelva a cuatro de abril de dos mil dieciocho.-El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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