Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 28/06/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 5 de marzo de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Jaén, dimanante de autos núm. 1056/2018. (PP. 981/2019).

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NIG: 2305042120180009709.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1056/2018. Negociado: M4. Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.

De: Banco Sabadell, S.A.

Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.

Letrada: Sra. María Concepción Montalvo Moreno.

Contra: Doña Eduvigis Muñoz Moreno actual ocupante de la vivienda sita en Plaza Alonso Villalobos, núm. 14, escalera izquierda 1 (Jaén).

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1056/2018 seguido a instancia de Banco Sabadell, S.A., frente a doña Eduvigis Muñoz Moreno, actual ocupante de la vivienda sita en Plaza Alonso Villalobos, núm. 14, escalera izquierda 1 (Jaén) se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 289/2018

En Jaén, a 13 de diciembre de 2018.

Por don Blas Regidor Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Jaén, han sido vistos los autos de Juicio Verbal sobre desahucio por precario núm. 1056/18 promovidos por la procuradora de los Tribunales, doña Elena Medina Cuadros, en nombre y representación de Banco Sabadell, S.A., actuando bajo la dirección Letrada de doña Concepción Montalvo Moreno, contra los ignorados ocupantes del inmueble sito en Plaza Alonso Villalobos, 14, Esc. Izda. 1, de esta ciudad, declarados en rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente como estimo la demanda interpuesta, debo condenar y condeno a los ocupantes desconocidos del inmueble sito en Plaza Alonso Villalobos, 14, Esc. Izda. 1, de esta ciudad, a que procedan al desalojo dentro del término legal, o de lo contrario se procederá a su lanzamiento, y ello al estar ocupando la vivienda en calidad de precaristas, con imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Jaén (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander.

Y encontrándose dicha demandada, doña Eduvigis Muñoz Moreno, actual ocupante de la vivienda sita en Plaza Alonso Villalobos, núm. 14, escalera izquierda 1 (Jaén), en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

En Jaén, a cinco de marzo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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