Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 172 de 06/09/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 13 de julio de 2019, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se acuerda la avocación de las funciones de control administrativo del Grupo de Desarrollo Rural de la Sierra de Cádiz en relación con determinados expedientes de subvenciones de las líneas de ayuda OGAPP1, OGBPP1, OGBPS5 de la convocatoria 2018.

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El Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, recoge en su artículo 12 las funciones que corresponden a la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, entre las que se encuentra la gestión y control de las ayudas financiadas con FEADER en el ámbito de sus competencias, y las relacionadas con la ejecución del programa Leader en Andalucía. De igual forma le corresponde también, con carácter específico, la función de ejecución de los controles administrativos previstos en el artículo 48 del Reglamento de ejecución núm. 809/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

En particular, la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria ostenta las funciones de diseño, planificación, gestión y control de las ayudas para la implementación de operaciones en el ámbito de las Estrategias de Desarrollo Local de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 10 de agosto de 2015; funciones que con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto de estructura orgánica ostentaba la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.

El punto f) apartado primero de la cláusula sexta del Convenio de Colaboración para regular la gestión de la Medida 19 Leader del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, de 3 de mayo de 2017, entre la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural y el Grupo de Desarrollo Rural de la Sierra de Cádiz, reconocido como tal Grupo de Desarrollo Rural por Resolución de 26 de abril de 2017, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, por la que se hace público el reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, su denominación, la zona rural Leader asignada y la asignación económica destinada a la implementación de las Estrategias seleccionadas, de conformidad con el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, establece como función de dicho Grupo la realización de los controles administrativos de las solicitudes de ayuda y pago en el caso de delegación de los mismos, salvo para los proyectos propios de los Grupos de Desarrollo Rural que no podrán delegarse.

En dicho contexto, se publica la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, cuyo artículo 25.2 dispone que «Efectuados los trámites anteriores, el GDR realizará los controles administrativos de la solicitud de ayuda una vez tengan delegados los mismos». Asimismo, en su artículo 35.1 establece que «El GDR realizará el control administrativo de las solicitudes de pago ….».

La delegación en materia de controles administrativos se efectúa finalmente mediante Resolución de 15 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, por la que se delegan funciones en materia de controles administrativos en los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía para la ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Tras la convocatoria por Resolución de 2 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 noviembre de 2017, al Grupo de Desarrollo Rural «de la Sierra de Cádiz» le compete la instrucción y control, entre otras, de las líneas de ayudas siguientes:

OGAPP1. Línea de ayudas a entidades públicas y al tejido asociativo no empresarial para el desarrollo de actividades socioculturales, deportivas, asistenciales y de puesta en valor del patrimonio rural (en todas sus dimensiones) en la Sierra de Cádiz, incluidas las mejoras de instalaciones y equipamientos que garanticen un mejor desarrollo de dichas actividades.

OGBPP1. Línea de ayudas para la creación, mejora, acondicionamiento, adaptación, ampliación y modernización de los equipamientos, infraestructuras, espacios y servicios públicos de la Sierra de Cádiz.

OGBPS5. Línea de ayudas para la creación, mejora, ampliación, adaptación, acondicionamiento y modernización de las pymes de la Sierra de Cádiz.

En las referidas líneas de ayuda figuran como personas solicitantes, entre otras, las relacionadas a continuación:

EXPEDIENTE NÚM. TITULAR DNI/NIF LÍNEA DE AYUDA
2018/CA05/OGAPP1/019 Asociación de la Prensa de Cádiz G11013232 OGAPP1

2018/CA05/OGAPP1/069
2018/CA05/OGAPP1/073
Ayuntamiento de Villaluenga del Rosario P1104000C
2018/CA05/OGAPP1/045 Ayuntamiento de Grazalema P1101900G

2018/CA05/OGBPP1/006
2018/CA05/OGBPP1/007
2018/CA05/OGBPP1/068
Ayuntamiento de Villaluenga del Rosario P1104000C OGBPP1
2018/CA05/OGBPP1/049 Ayuntamiento de Grazalema P1101900G
2018/CA05/OGBPP1/050
2018/CA05/OGBPS5/092 María del Mar Calvillo Trujillano 44041065K OGBPS5

En relación con los expedientes anteriormente identificados, se plantea un conflicto de intereses en todas las personas integrantes del equipo técnico encargado de efectuar los controles administrativos que ha determinado su abstención, de acuerdo con el artículo 57 del Reglamento núm. 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento núm. 1605/2002 del Consejo, y con el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Dada la imposibilidad de que el equipo técnico del Grupo de Desarrollo Rural «de la Sierra de Cádiz» pueda realizar sus funciones, procede la avocación de las funciones delegadas en materia de controles administrativos en relación con dicho expediente.

En consecuencia, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y los artículos 101, 102 y 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Único. Avocar la función que, de conformidad con la Resolución de 15 de diciembre de 2017 de delegación de funciones, corresponde al Grupo de Desarrollo Rural de la Sierra de Cádiz en la ejecución de los controles administrativos sobre los siguientes expedientes de subvenciones de las líneas de ayudas convocadas por Resolución de 2 de noviembre de 2018:

– 2018/CA05/OGAPP1/019

– 2018/CA05/OGAPP1/069

– 2018/CA05/OGAPP1/073

– 2018/CA05/OGBPP1/006

– 2018/CA05/OGBPP1/007

– 2018/CA05/OGBPP1/068

– 2018/CA05/OGBPS5/092

– 2018/CA05/OGAPP1/045

– 2018/CA05/OGBPP1/049

– 2018/CA05/OGBPP1/050

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente disposición surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de julio de 2019.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.

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