Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 14 de enero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Nueve de Málaga, dimanante de autos núm. 753/2018.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 753/2018. Negociado: 4.

NIG: 2906744420180010162.

De: Doña Ivelisse Carmen Pichardo Serrata.

Abogado: Marta Juez Campos.

Contra: Don Gerardo Siguero Muñoz, Aena SME, S.A., Marketing Dirección y Estrategia, S.L., Munda Ingenieros, S.L., Ilunión CEE Outsourcing, SA, Eulen, S.A., Fogasa y Ministerio Fiscal.

Abogado: Gerardo Siguero Muñoz, Marta P. del Castillo Arredondo, María del Rosario Muñoz Alcolado y César Espinilla de la Casa.

EDICTO

Don Francisco Javier López Garrido, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Nueve de Málaga.

En los Autos número 753/2018, a instancia de Ivelisse Carmen Pichardo Serrata contra Gerardo Siguero Muñoz, Aena SME, S.A., Marketing Dirección y Estrategia, S.L., Munda Ingenieros, S.L., Ilunión Cee Outsourcing, S.A., Eulen, S.A., Fogasa y Ministerio Fiscal, en la que se ha dictado Sentencia de fecha 9.1.2019 cuyo encabezamiento y Parte Dispositiva son del tenor literal siguiente:

Juzgado de lo Social número Nueve Malaga.

Sentencia núm. 1/19.

Autos núm. 753/2018.

En Málaga, a 9 de enero de 2019.

SENTENCIA

Vistos en juicio oral y público por la Iltma. Sra. doña Rocío Anguita Mandly, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Nueve de Málaga, los presentes autos núm. sobre despido, seguidos a instancia de doña Ivelisse Carmen Pichardo Serrata, contra las empresas Munda Ingenieros, S.L., Marketing Dirección y Estrategia, S.L., Eulen, S.A., Ilunión CEE Outsourcing, S.A., y Aena SME, S.A., citada la administración concursal de Munda Ingenieros, S.L., el Ministerio Fiscal y el Fogasa , se procede, en nombre de S.M. El Rey, a dictar la presente resolución.

Que desestimando las excepciones de falta de legitimación pasiva y falta de acción formuladas por Eulen, S.A., y Ilunion CEE Outsourcing, S.A., y estimando en parte la demanda interpuesta por doña Ivelisse Carmen Pichardo Serrata contra la empresa Eulen, S.A., declaro improcedente el despido condenando a la empresa demandada Eulen, S.A., a que, a opción de la misma, que deberá efectuar, ante este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, readmita a la actora en el mismo puesto que venía desempeñando hasta la fecha del despido con las mismas condiciones con abono de los salarios dejados de percibir desde el despido a la notificación de la sentencia a razón de 29,16 € diarios o le satisfaga una indemnización cifrada en 11.066,22 €. Absolviendo a Munda Ingenieros, S.L., Marketing Dirección y Estrategia, S.L., Ilunión CEE Outsourcing, S.A., y Aena SME, S.A.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse antes este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Munda Ingenieros, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto.

Dado en Málaga, a catorce de enero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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