Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 30/09/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 2 de septiembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de Dos Hermanas, dimanante de autos núm. 171/2017.

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NIG: 4103842C20170001847.

Procedimiento: Familia Guarda/custod/alim. menor no matr. no consens. 171/2017. Negociado: CM.

Sobre: Derecho de Familia: Otras cuestiones.

De: Ana María García Alcocer.

Procuradora: Sra. María José Gallego Caldero.

Contra: Luis Carlos Clemente Rodrigues.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En el procedimiento Familia Guarda/custod/alim. menor no matr. no consens. 171/2017, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de Dos Hermanas a instancia de Ana María García Alcocer contra Luis Carlos Clemente Rodrigues sobre Derecho de Familia se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

Guarda, custodia y alimentos 171/2017

SENTENCIA NÚM. 28/2018

En Dos Hermanas, a 12 de enero de 2018.

Vistos por don José Lázaro Alarcón Herrera, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de Dos Hermanas y su partido, los autos de procedimiento de Guarda, Custodia y Alimentos, seguido a instancias de doña Ana María Garcia Alcocer, representada por el Procurador Sr. Gallego Calderón y defendida por la Letrada doña Bienvenida de Castro Reyes, frente a don Luis Carlos Clemente Rodrigues, en rebeldía, sobre relaciones paterno filiales de guarda, custodia y alimentos.

PARTE DISPOSITIVA

Que estimando la demanda de guarda, custodia y alimentos presentada por el Procurador Sr. Gallego Calderón en nombre y representación de doña Ana María García Alcocer frente a don Luis Carlos Clemente Rodrigues, en rebeldía, debo aprobar y apruebo como medidas definitivas en relación a las partes y al hijo en común, don Daylan Clemente García las establecidas en el fundamento jurídico segundo de esta sentencia sobre patria potestad, guarda y custodia, régimen de comunicaciones y visitas con pregenitor no custodio y pensión por alimentos.

No procede efectuar especial imposición de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma sólo puede ser recurrida por el Ministerio Fiscal, en interés de los hijos menores.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgado en primera instancia, lo acuerdo, mando y firmo.

Así lo acuerda, manda y firma don José Lazaro Alarcón Herrera, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de Dos Hermanas y su partido de Sevilla, de lo que doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Luis Carlos Clemente Rodrigues, en situación de rebeldía procesal, extiendo y firmo la presente en Dos Hermanas, a dos de septiembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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