Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 29/10/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 18 de octubre de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga, dimanante de autos núm. 325/2019.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00164033.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 325/2019. Negociado: 2.

NIG: 2906744420190004232.

De: Don Ihor Kniazkin y Vasyi Semenko.

Abogado: Don Antonio Senes Guerrero.

Contra: Ambiental de Contratas, S.L.

EDICTO

Doña Clara López Calvo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 325/2019 a instancia de la parte actora don Ihor Kniazkin y Vasyi Semenko contra Ambiental de Contratas, S.L., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Diligencia de Ordenación de fecha 18.10.19 del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación del Letrado/a de la Administración de Justicia Sra. doña Clara López Calvo.

En Málaga, a dieciocho de octubre de dos mil diecinueve.

El anterior sobre sin cumplimentar y que tenía por objeto la citación a la empresa demandada Ambiental de Contratas, S.L., únase a los autos de su razón y visto su contenido, realícese gestión telemática con el ordenador central del Registro Mercantil Central para la averiguación del domicilio de dicha entidad y constando el mismo que el ya aportado en autos, Acuerdo:

- Suspender el señalamiento previsto para el día 30.10.19 y señalarlo nuevamente para el día 17 de diciembre de 2019, a las 9:55 horas de su mañana.

- Requerir a la parte actora para que, dentro del plazo de cuatro días, aporte un nuevo domicilio donde practicar la citación.

- Librar exhorto al Juzgado Decano de igual clase de los de Carmona (Sevilla), para la citación de la demandada y en prevención, cítesele por medio de edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

- Advertirle que las siguientes comunicaciones que se le dirijan se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

- Citar al Fondo de Garantía Salarial con traslado de la demanda a fin de que éste pueda asumir sus obligaciones legales e instar lo que convenga en derecho (art. 23 LPL).

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de citación al demandado Ambiental de Contratas, S.L., y Fogasa actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a dieciocho de octubre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF