Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 14/11/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de septiembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera, dimanante de autos núm. 1128/2018. (PP. 2458/2019).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00162576.

NIG: 1102042120180006199.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1128/2018. Negociado: 05.

Sobre: Contratos en general.

De: Gescat Vivendes en Comercialitzacio, S.L. SCD.U.

Procurador: Sr. Rafael Marín Benítez.

Letrado: Sr. Javier Bernal Martínez.

Contra: Ocupantes desconocidos de Polígono San Telmo, núm. 38, 4.º C.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1128/2018, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera a instancia de Gescat Vivendes en Comercialitzacio, S.L. SCD.U., contra ocupantes desconocidos de Polígono San Telmo, núm. 38, 4.º C, sobre contratos en general, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 91/2019

En Jerez de la Frontera, a doce de abril de dos mil diecinueve.

La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de desahucio por precario núm. 1128/2018 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Gescat Vivendes en Comercialitzacio, S.L.U., con Procurador don Rafael Marín Benítez y Letrado don Javier Bernal Martínez, y de otra como demandado ignorados ocupantes de la vivienda sita en Polígono San Telmo, núm. 38, 4.º C, rebeldes,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por Gescat Vivendes en Comercialitzacio, S.L.U., contra los ocupantes desconocidos de la vivienda sita en el Polígono San Telmo núm. 38, 4.º C de esta ciudad, rebeldes, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario interesado, condenando a dichos demandados a que desocupen y entreguen a la actora la vivienda sita en el Polígono San Telmo, núm. 38, 4º C de esta ciudad, con apercibimiento de lanzamiento si no lo verifican, señalado para el día 11 de junio de 2019, y con imposición a los mismos de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados ocupantes desconocidos de Polígono San Telmo, núm. 38, 4.º C, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a trece de septiembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF