Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 19/12/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 13 de diciembre de 2019, de la Universidad de Sevilla, por la que se modifica otra de fecha 28 de noviembre de 2019, que en ejecución de sentencia modifica la Resolución de 13 de febrero de 2019, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso libre por el sistema de concurso-oposición para el ingreso en la Escala Auxiliar.

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Habiéndose advertido error en la transcripción del acuerdo alcanzado con la Junta de Personal, en relación con la modificación de baremo de la fase de concurso, publicado mediante Resolución de 28 de noviembre de 2019 (BOJA núm. 238, de 12 de diciembre de 2019), en ejecución de la sentencia, relativa al baremo de la fase de concurso correspondiente a las pruebas selectivas de acceso libre por el sistema de concurso-oposición para el ingreso en la Escala Auxiliar, convocado por Resolución de 13 de febrero de 2019, se procede a su corrección, conforme al art. 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el sentido siguiente:

Donde dice:

«3. Por la superación de ejercicios para el acceso a la Escala Auxiliar de las Universidades Públicas a razón de 0,50 puntos por ejercicio superado. Puntuación máxima 1 punto.»

Debe decir:

«3. Por la superación de ejercicios para el acceso a la Escala Auxiliar de las Universidades Públicas a razón de 1 punto por ejercicio superado. Puntuación máxima  1 punto.»

La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma, y cuantos actos administrativos se deriven de ella, puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Sevilla, 13 de diciembre de 2019.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

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