Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 04/01/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Vivienda

Resolución de 27 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Movilidad, por la que se ratifican las tarifas máximas de aplicación a los servicios que se prestan en la Estación de Autobuses de Ronda para el ejercicio 2019.

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De conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y en el artículo 4 del Reglamento Tipo de Régimen Interior para la explotación de Estaciones de Autobuses en la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Orden de 15 de febrero de 2000, esta Dirección General de Movilidad

RESUELVE

Primero. Ratificar las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Ronda que a continuación se detallan, de conformidad con lo aprobado en la sesión plenaria del Excmo. Ayuntamiento de Ronda celebrada el 29 de octubre de 2018.

Expresadas en euros, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas, y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen.

CONCEPTO TARIFAS MÁXIMAS
1. Por entrada o salida de un autobús con viajeros, al finalizar o iniciar viaje. Los vehículos en tránsito (entrada y salida) sólo abonarán uno de estos conceptos.
1.1. De servicios regulares permanentes de uso general.
1.1.1. Cercanías hasta 30 Kms. 0,43 euros
1.1.2. Resto. 1,31 euros
1.2. De servicios no encuadrados en el apartado anterior.
1.2.1. Cualquier servicio (Discrecionales). 1,20 euros
2. Por la utilización de los viajeros de los servicios generales de la Estación con cargo a aquéllos que salen o rinden viaje en la misma.
2.1. De servicios regulares permanentes de uso general.
2.1.1. Cercanías hasta 30 Kms. 0,10 euros
2.1.2. Resto. 0,27 euros
2.2. De servicios no encuadrados en el apartado anterior.
2.2.1. Cualquier recorrido (Discrecionales). 0,20 euros
Quedan excluidos de la obligatoriedad del abono de las tarifas por los conceptos que les sean imputables aquellos viajeros
que se encuentren en tránsito.
Su percepción por las empresas transportistas deberá hacerse simultáneamente a la venta del billete en el que se hará constar el concepto Servicio Estación de Autobuses con su correspondiente tarifa, con independencia de la del servicio regular.
3. Por utilización de los servicios de consigna «manual»:
3.1. Bulto hasta 50 kg. 0,83 euros
3.2. Bulto mayor de 50 kg. 0,99 euros
3.3. Por cada día de demora. 1,24 euros
4. Por alquiler de de la zona de taquillas.
4.1. Por cada módulo de taquilla/despacho de expedición de billetes. 175,00 euros/mes
Los servicios de electricidad y análogos serán por cuenta del usuario.
CONCEPTO TARIFAS MÁXIMAS
5. Servicio de estacionamiento de autobuses en las dársenas, siempre que la capacidad de la estación lo permita.
5.1. Diurno, servicios regulares (8h a 22h) por cada hora o fracción. 1,82 euros
5.2. Diurno resto de servicios. 2,73 euros
5.3. Nocturno servicios regulares. 11,82 euros
5.4. Nocturno resto de servicios. 13,64 euros
Todas las tarifas deberán incrementarse co
n el recargo de IVA o impuesto análogo que en cada momento corresponda, de conformidad con la Ley del Impuesto y su Reglamento.
Estos ingresos deberán tomarse en consideración para la fijación de las tarifas obligatorias y revisiones futuras debiendo incluirse en los estudios económicos como ingresos indirectos.

Segundo. Las tarifas aprobadas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.

Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Ronda entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 27 de diciembre de 2018.- El Director General, Rafael Chacón Sánchez.

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