Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 05/03/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Acuerdo de 19 de febrero de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se excluye del Catálago de Montes de Utilidad Pública y se desafecta una superficie de 1.125 m2 correspondientes al lote núm. 55 del monte público denominado «Marinas y Serrata», núm. 43-c del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, de titularidad del Ayuntamiento de Níjar (Almería), de conformidad con lo establecido en el artículo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

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Mediante escrito de fecha 14 de noviembre de 2016, doña Antonia Herrada Ruiz solicita al Ayuntamiento de Níjar (Almería), que estudie la posibilidad de permutar los terrenos correspondientes a la parcela 2 del polígono 195 del término municipal de Níjar (Almería), propiedad del citado Ayuntamiento, a cambio de los terrenos de la parcela 90 del mismo polígono de los que es propietaria.

El Ayuntamiento de Níjar, dado que los terrenos de su propiedad solicitados para la permuta, forman parte del monte público denominado «Marinas y Serrata» identificado con el número 43-C del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (en adelante CUP), remite a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, mediante oficio de fecha 30 de junio de 2017, documentación preparatoria del expediente de exclusión del CUP y desafectación de la parcela 2 del polígono 195.

Entre la documentación remitida consta informe del Área de Patrimonio del Ayuntamiento de Níjar de fecha 30 de junio de 2017, en el que se justifica la descatalogación y desafectación en cuanto que al terreno objeto de permuta ha dejado de estar destinado a la finalidad a la que se encontraba afectado, es decir, la de aprovechamientos de esparto y pastos, en tanto que se encuentran rodeados de fincas particulares destinadas a la explotación de instalaciones agrícolas que, con el transcurso del tiempo, han desvirtuado su uso; así como que su escasa cabida ha degradado la posibilidad de aprovechamiento forestal, entre otras razones. Asimismo, afirma que la permuta se realiza por una parte no significativa del monte y su agrupación con el lote núm. 51 supondría una mejor definición de la superficie del monte y una mejora para su gestión y conservación.

Según certificado del Ayuntamiento de Níjar, de fecha 26 de mayo de 2017, la finca «Marinas y Serrata» consta en el Inventario de Bienes, Derechos y Acciones de la Corporación.

Con fecha 11 de octubre de 2017 el Ayuntamiento de Níjar remite a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, certificado del Acuerdo del Pleno de la Corporación celebrado el día 28 de julio de 2017, en el que se aprobó la propuesta de acuerdo sobre la solicitud a la entonces denominada Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la descatalogación y desafectación del dominio público forestal de una parcela de 1.125 m² correspondiente al lote núm. 55 del monte público «Marinas y Serrata».

Mediante oficio de fecha 9 de febrero de 2018 el Ayuntamiento de Níjar remite a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería copia de la escritura pública de fecha 2 de julio de 1997, que acredita la titularidad a favor de doña Antonia Herrada Ruiz de los terrenos ofrecidos para la permuta.

Con fecha 28 de marzo de 2018 el Departamento de Actuaciones en el Medio Natural de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería emite informe favorable a la descatalogación y desafectación que comprende la totalidad del lote núm. 55 del monte público «Marinas y Serrata» con una superficie de 1.125 m², para su posterior permuta por una pieza de terreno de 1.351 m² propiedad de doña Antonia Herrada Ruiz, colindante con el lote núm. 54 de dicho monte público. En dicho informe se dispone, entre otros extremos que La descatalogación propuesta no afecta físicamente a ningún Espacio Natural Protegido, o Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), Zona de Especial Conservación, ni a Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), por lo que se considera compatible, con la conservación de la Red Natura 2000. Asimismo el citado informe afirma que la permuta favorece la simplificación de las superficies del monte y resulta conveniente para su defensa y gestión, por lo que la permuta cumpliría con las exigencias establecidas en el artículo 16 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Por último el informe contiene una valoración de los bienes a permutar, resultando una valoración de 444,42 € para la porción de terreno de titularidad municipal y de 536,08 € para la porción de terreno de propiedad privada. La diferencia de valor supone un 17 % del mayor de ellos por lo que se respeta el límite máximo sobre la diferencia de valor entre los terrenos a permutar fijado en un 40% en el artículo 24 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

El expediente de descatalogación y desafectación del lote núm. 55 del monte público «Marinas y Serrata» se somete al trámite de información pública mediante la publicación en el BOJA núm. 88 de 9 de mayo de 2018, del Acuerdo de 11 de abril de 2018, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, por el que se abre un período de información pública sobre el expediente que se cita durante un plazo de veinte días. Asimismo, el edicto de la Alcaldía informando sobre el expediente de descatalogación y desafectación estuvo expuesto en el tablón de anuncios sin que, de acuerdo con el certificado de fecha 27 de julio de 2018 emitido por el Ayuntamiento de Níjar, fuera presentada ninguna alegación.

El Servicio de Gestión de Gestión del Medio Natural de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, emite con fecha 20 de junio de 2018, informe favorable a la descatalogación y desafectación «de los 1.125 m² del lote 55 en su integridad del monte público “Marinas y Serrata” perteneciente al Ayuntamiento de Níjar, para su posterior permuta por una pieza de terreno de 1.351 m² propiedad de doña Antonia Herrada Ruiz, colindante con el lote 54 de dicho monte público». Por último, en dicho informe se indica que En el supuesto de que se llevara a cabo la permuta, los terrenos forestales adquiridos por el Ayuntamiento tendrían que ser añadidos a dicho lote 54, mediante los procedimientos de inclusión en el Catálogo de Montes de Andalucía y en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Con fecha 28 de junio de 2018 se dicta por la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Almería, Propuesta de Resolución por la que se propone que se resuelva favorablemente la exclusión de los Catálogos que correspondan de la porción de monte público anteriormente mencionada y su desafectación del dominio público forestal, así como la posterior inclusión en dichos Catálogos del terreno por el que se permutaría ese lote, una vez formalizada dicha operación.

Con fecha 30 de agosto de 2018 se recibió de la Delegación Territorial la documentación solicitada, entre la que figuran el certificado del Inventario de Bienes, Derechos y Acciones del Ayuntamiento de Níjar, actualizado a fecha 27 de julio de 2018 y la aceptación expresa de doña Antonia Herrada Ruiz de los datos del informe técnico del Servicio de Gestión del Medio Natural, de 20 de junio de 2018.

Con fecha 4 de octubre de 2018, el Servicio de Gestión Forestal Sostenible, de la Dirección General de Gestión del Medio Natural y Espacios Protegidos de la entonces Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, emite informe en el que se dispone que «este centro directivo no ve inconveniente para que se excluya del Catálogo de Montes de Utilidad Pública –únicamente con el fin de su posterior permuta– la parcela de 1.125 m² del monte público “Marinas y Serrata” que se ha delimitado en la cartografía adjunta. Dicha exclusión deberá quedar condicionada a que se formalice el negocio jurídico de permuta por la parcela de propiedad particular que también se delimita en el mismo plano.»

El Servicio de Patrimonio de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible emite informe de fecha 23 de enero de 2019, en el que concluye que se han cumplimentado los requisitos legales para continuar con la exclusión del lote núm. 55 del monte público «Marinas y Serrata» del Catálogo de Montes de Utilidad Pública así como la desafectación del mismo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, de acuerdo con los artículos 16.4 y 17.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y con el artículo 22 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de febrero 2019,

ACUERDA

Excluir del Catálogo de Montes de Utilidad Pública y desafectar una superficie de 1.125 m2 correspondiente al Lote núm. 55 del monte público «Marinas y Serrata» número 43–C del Catálogo de Montes de Utilidad Pública y Código AL–70.015–AY del Catálogo de Montes Públicos de Andalucía, propiedad del Ayuntamiento de Níjar (Almería), de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

Por parte de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible se llevarán a cabo todos los trámites necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Acuerdo.

Contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses desde su notificación.

Sevilla, 19 de febrero de 2019

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN CRESPO DÍAZ

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
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