Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 16/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de febrero de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla, dimanante de autos núm. 1377/2016. (PP. 598/2019).

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NIG: 4109142C20160043924.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1377/2016. Negociado: 5G.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Buildingcenter, S.A.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Letrada: Sra. Juana Inmaculada Serrano Melero.

Contra: Don Francisco Pérez Vázquez y don Juan de Dios Jiménez Bermúdez.

Procuradora: Sra. Milagros Medina Redondo.

Letrado: Sr. José Manuel Alcayde Israel.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1377/2016, seguido a instancia de Buildingcenter, S.A.U., frente a Francisco Pérez Vázquez y Juan de Dios Jiménez Bermúdez se ha dictado sentencia, cuyo extracto es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 217/2018

Juez que la dicta: Don Jesús Medina Pérez.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Uno de octubre de dos mil dieciocho.

Parte demandante: Buildingcenter, S.A.U.

Abogada: Inmaculada Carrasco, por su compañera Juana Inmaculada Serrano Melero.

Procuradora: Patricia Peinado Pizarro, por su compañero Mauricio Gordillo Alcalá.

Parte demandada: Francisco Pérez Vázquez.

Abogado: José Manuel Alcayde Israel.

Procuradora: Milagros Medina Redondo

Parte demandada: Juan de Dios Jiménez Bermúdez.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda deducida por el Procurador don Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de Buildingcenter, S.A.U., contra don Juan de Dios Jiménez Bermúdez y don Francisco Pérez Vázquez, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a los codemandados a abonar a la actora la suma de 3.565,59 euros, más los intereses legales desde la fecha del emplazamiento, debiéndose tener en cuenta que la parte demandada ya ha abonado a la parte actora la suma de 476,74 euros a cuenta de los 3.565,59 euros.

No procede condena en costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4120 0000 00 1377 16, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Juan de Dios Jiménez Bermúdez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veintiuno de febrero de dos mil diecinueve.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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