Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 24/04/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 14 de septiembre de 2018, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de El Ejido, dimanante de autos núm. 523/2014. (PP. 240/2019).

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NIG: 0490242C20140002524.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 523/2014. Negociado: C1.

De: Del Prado and Partners Solicitors, S.L.

Procurador Sr.: David Castillo Peinado.

Letrado Sr.: José Salvador Prado Montoro.

Contra: Tommy Joseph Quinn y John Anthony Hogan.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 523/2014 seguido a instancia de Del Prado and Partners Solicitors, S.L., frente a Tommy Joseph Quinn y John Anthony Hogan se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA 10/16

En El Ejido a 4 de enero de 2016.

Vistos y examinados los presentes autos núm. 523/2014, de juicio verbal por don Francisco-José Domínguez Ureña, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de El Ejido y su partido, seguidos a instancia de Del Prado and Partners Solicitors, S.L., representado por el Procurador don David Castillo Peinado, y asistido por el Letrado Sr. don José Salvador del Prado Montoro, contra don Tommy Joseph Quinn y John Anthony Hogan, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales don David Castillo Peinado en representación de Del Prado and Partners Solicitors, S.L., debo condenar y condeno a don Tommy Joseph Quinn y John Anthony Hogan a que abonen solidariamente a la mercantil primera la cantidad de 2.495,63 euros más los intereses del artículo 576 de la LEC; todo ello con expresa imposición de costas a los demandados.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería.

Por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y encontrándose dichos demandados, Tommy Joseph Quinn y John Anthony Hogan, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En El Ejido, a catorce de septiembre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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