Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Extracto de la Resolución de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se convoca para el ejercicio 2019 la presentación de solicitudes de pago de la ayuda de los fondos y programas operativos por parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, y la cuenta justificativa de las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas al amparo del Reglamento de Ejecución 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas, y por la que se establece la obligatoriedad de presentar las solicitudes de modificación durante la anualidad en curso, por parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, o las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas a través de la aplicación PROA.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00148690.

BDNS: 431331.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Se convoca la presentación de las solicitudes de pago para el ejercicio 2018 de la ayuda financiera comunitaria al amparo del Reglamento de Ejecución 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas.

LÍNEA MAPA LÍNEA DGADYM MEDIDAS SUBVENCIONABLES BENEFICIARIO
050208030000079 B011502079 2018 – PROGRAMAS OPERATIVOS - PAGOS PARCIALES/SALDO - R.1308/13, Art.33; R.2017/892, Art.12y10 OPFH
050208030000083 B011502083 2019 – PROGRAMAS OPERATIVOS – ANTICIPOS - R.1308/13, Art.33; R.2017/892, Art.11 OPFH
050208030000084 B011502084 2019 – PROGRAMAS OPERATIVOS – PAGOS PARCIALES - R.1308/13, Art.33; R.2017/892, Art.12 OPFH

Segundo. Beneficiarios.

Podrán presentar solicitudes de pago las Organizaciones de Productores (OP) reconocidas, en virtud de lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) 2200/1996, las reconocidas por el artículo 125 ter del Reglamento (CE) 1234/2007 y las reconocidas por el artículo 154 del Reglamento (UE) 1308/2013, que tengan un programa operativo aprobado para su ejecución en las anualidades 2018 y/o 2019, según corresponda, y se haya emitido la correspondiente Resolución por la que se aprueba el Programa Operativo, la Dotación del Fondo Operativo, y en su caso, de las modificaciones de año en curso. Todo ello, mediante la correspondiente Resolución de aprobación de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.

Tercero. Objeto.

Establecer, para el ejercicio 2019 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la convocatoria, para la presentación de las solicitudes de pago de la ayuda financiera comunitaria y de las modificaciones de anualidad comenzada previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento y del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas, en el Real Decreto 533/2017, de 31 de mayo de 2017, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las Organizaciones de Productores del sector de frutas y hortalizas, y en el Real Decreto 1179/2018, de 21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.

Cuarto. Bases reguladoras.

Reglamento Delegado (UE) núm. 2017/891 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas, se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las sanciones que deben aplicarse en esos sectores y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 543/2011 de la Comisión, y el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas, así como el Real Decreto 1179/2018, de 21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.

Quinto. Importe máximo por beneficiario.

No hay un importe máximo establecido para los solicitantes, el importe se establece sobre la base de las operaciones ejecutadas admisibles, las aportaciones realizadas y el valor de la producción comercializada.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda para la ejecución de un fondo operativo será el siguiente, atendiendo al tipo de solicitud:

a) Para los anticipos de la parte de ayuda correspondiente a los gastos previsibles aún no realizados, fondo operativo 2019, de conformidad con el artículo 35 del Reglamento de Delegado (UE) núm. 2017/891 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, y con el artículo 11 del Reglamento de Ejecución (UE) núm. 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, deberán presentarse en enero, mayo y septiembre sobre una base cuatrimestral.

b) Para los pagos parciales de ayuda correspondiente a importes ya gastados, regulados en el artículo 12 del Reglamento de Ejecución (UE) núm. 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, podrán presentarse tres veces hasta el 31 de octubre de la anualidad en curso.

c) Para las solicitudes de ayuda financiera, o de su saldo, a las que hace referencia el artículo 9 del Reglamento de Ejecución (UE) núm. 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, fondo operativo 2018, correspondiendo el saldo de la ayuda a la diferencia entre la ayuda total solicitada una vez finalizada la anualidad y los anticipos y pagos parciales cobrados durante la misma, se presentará hasta el 15 de febrero del año siguiente al año al que se refieren dichas solicitudes.

Las solicitudes de saldo de la ayuda o ayuda definitiva podrán incluir gastos programados y no efectuados de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 del Reglamento de Ejecución (UE) núm. 2017/892 para operaciones que puedan llevarse a cabo no más tarde del 30 de abril del año siguiente para el que se solicita la ayuda. Esta situación deberá reflejarse en el modelo de solicitud que corresponda.

En caso excepcionales y debidamente justificados, se podrán admitir solicitudes presentadas después de la fecha indicada en presente apartado, en cuyo caso la ayuda se reducirá en un 1% por día de demora.

d) La Cuenta justificativa de Asociaciones de Organizaciones de Productores relativa a Programas Operativos Parciales de acuerdo al art. 23 del RD 1179/2018 y que forma parte de la solicitud de ayuda para los programas y fondos operativos de la anualidad 2018 de las organizaciones de productores, se presentará hasta el 15 de febrero del año siguiente al año al que se refieren dichas solicitudes.

Séptimo. Otros datos.

Los modelos y formularios oficiales se obtendrán a través de la aplicación Programas operativos de Andalucía (PROA), salvo los que a continuación se enumeran, los cuales estarán disponibles en la web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la dirección: https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural/servicios/procedimientos/detalle/8290/seguimiento.html.

- Certificado de producción integrada/ ecológica.

- Certificado de la cantidad comercializada.

- Justificación de la cualificación y coste del personal.

- Fichas horarias.

- Modelo de Aval.

- Modelo de Seguro de Caución.

La persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, P.S. (art. 4.6., D. 215/2015, de 14.7, BOJA núm. 136, de 15.7), la Secretaria General de Fondos Europeos Agrarios, Concepción Cobo González.

Descargar PDF