Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 30/07/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Orden de 27 de julio de 2020, por la que se dispone la suplencia temporal de las personas titulares de los órganos directivos centrales de la Consejería.

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El artículo 109.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el órgano competente para su nombramiento. Asimismo resulta de aplicación el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, referido a la suplencia.

Por su parte, el Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, dispone en su artículo 3, con carácter general, el régimen de suplencias de la persona titular de la Consejería y de sus órganos directivos centrales, y con carácter particular, en su apartado 4, habilita a la persona titular de la Consejería para que, no obstante lo establecido, pueda designar para la suplencia al titular del órgano directivo que estime pertinente.

En su virtud, siendo necesario establecer un régimen de suplencia específico para los supuestos de ausencia de las personas titulares de los órganos directivos centrales de la Consejería durante el mes de agosto de 2020, y en el ejercicio de las competencias que tengo conferidas,

DISPONGO

Primero. Designar como suplente de las personas titulares de los órganos directivos centrales de la Consejería, en el supuesto de que se produzca la ausencia de las mismas, con motivo del disfrute de sus permisos reglamentarios, a las siguientes personas:

1. Desde el día 1 al 9 de agosto, ambos inclusive, a la persona titular de la Secretaría General Técnica.

2. Desde el día 10 al 16 de agosto, ambos inclusive, a la persona titular de la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos.

3. Desde el 17 al 23 de agosto, ambos inclusive, a la persona titular de la Secretaría General de Patrimonio Cultural.

4. Desde el 24 al 31 de agosto, ambos inclusive, a la persona titular de la Viceconsejería.

Segundo. Los actos administrativos que se adopten en virtud de estas suplencias deberán indicar expresamente esta circunstancia.

Sevilla, 27 de julio de 2020

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico
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