Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 26/10/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Extracto de la Orden de 15 de octubre de 2020, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a Ayuntamientos para la realización de actuaciones de mejora de la accesibilidad de las personas con discapacidad, cofinanciadas mediante el programa operativo Feder 2014-2020, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2020.

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BDNS (Identif.):528539 (Línea 2)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convoca para el ejercicio 2020, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones reguladas en la Orden de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, de 2 de agosto de 2017, en la actualidad Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que así mismo se indican:

Denominación de la línea Cuantía máxima Partidas presupuestarias
Linea 2. Subvenciones institucionales en materia de accesibilidad en infraestructuras sociales, atendiendo de manera especial al colectivo de personas con discapacidad. 529.781,00 € 1600170000 G/31R/76500/00 A1971055I2

Segundo. Población beneficiaria.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades descritas para esta línea en el Anexo I que se acompaña.

Tercero. Objeto.

El objeto de la línea convocada se describe en el Anexo I que se acompaña.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, aprobadas mediante la Orden de 2 de agosto de 2017 (BOJA núm. 151, de 8 de agosto de 2017).

Quinto. Importe.

La dotación máxima de la línea se refleja en el cuadro recogido en el punto primero del presente extracto y la forma de determinación de la cuantía de las subvenciones a conceder se describe en el Anexo I que se acompaña.

Sexto. Solicitudes y plazos de presentación.

1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Personas con Discapacidad e Inclusíón de conformidad con lo indicado en el apartado 10.b) del cuadro resumen de la Línea 2 aprobada mediante la Orden de 2 de agosto de 2017 anteriormente referida.

2. Preferentemente, las solicitudes se presentarán en la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/12238/como-solicitar.html

Puede igualmente presentarse en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la siguiente dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios.html

3. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Tanto la citada solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 2 de agosto de 2017 por la que se aprueban las bases reguladoras, se podrán obtener en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la siguiente URL:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/12238/como-solicitar.html

en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

Sevilla

ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación

ANEXO I

Línea 2. Subvenciones institucionales en materia de accesibilidad en infraestructuras sociales, atendiendo de manera especial al colectivo de personas con discapacidad.

PERSONAS BENEFICIARIAS Ayuntamientos.
OBJETO Facilitar la progresiva eliminación de barreras detectadas en los espacios públicos y en edificaciones sociales, en la medida en que aquellas actuaciones benefician a las personas con discapacidad.
IMPORTE El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo alcanzar la cuantía máxima de 50.000 € en los términos previstos en el apartado 5.a) del cuadro resumen de la presente línea.
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