Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 29/10/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 22 de octubre de 2020, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se somete a información pública el proyecto orden por la que se modifica la Orden de 24 de abril de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo incluidas en el programa de apoyo al sector vitivinícola en el marco 2019-2023 y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2022.

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El artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho, entre otros, por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

En 13 de octubre de 2020, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, inicia la tramitación del expediente administrativo relativo a la modificación de la Orden de 24 de abril de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo incluidas en el programa de apoyo al sector vitivinícola en el marco 2019-2023 y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2022.

Los Reales Decretos 558/2020, de 9 de junio, y 617/2020, de 30 de junio, modifican el Real Decreto 1363/2018. El Real Decreto 558/2020, de 9 de junio, incorpora una mayor flexibilidad a determinados artículos para dar cabida a las causas fuerza mayor y las circunstancias excepcionales, aportando más seguridad jurídica. El Real Decreto 617/2020, de 30 de junio, da respuesta a las exigencias de la Comisión Europea derivadas de la auditoría VIN/2019/001/ES/RLF, realizada con respecto de la medida de reestructuración de viñedo en 2019, procediendo a eliminar de la normativa a nivel nacional los importes máximos subvencionables nacionales de las acciones correspondientes a las medidas de reestructuración y reconversión de viñedos, con el objetivo de que dichos importes sean adoptados por las comunidades autónomas para su ámbito territorial, adaptándolos a la realidad de cada una de ellas.

Los cambios producidos en la norma básica a nivel nacional por los Reales Decretos citados anteriormente hacen necesario modificar las bases reguladoras de las ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía, aprobadas mediante la Orden de 24 de abril de 2020. De esta forma se procede a modificar los artículos 5.1, 27.3, 29.1, 30.2 y 35.2 incorporando una mayor flexibilidad para dar cabida a las causas fuerza mayor y las circunstancias excepcionales, y los artículos 12.2 y 35.3 que permiten la publicación del Anexo XVII sobre los importes máximos subvencionables de las acciones que tendrán validez para la solicitudes presentadas en Andalucía.

Además, la disposición derogatoria única del Real Decreto 541/2020, de 26 de mayo, por el que se modifican diversos reales decretos en materia de control y certificación de plantas de vivero y otros materiales de reproducción, derogaba el epígrafe VIII de la Orden de 1 de julio de 1986, por la que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de vid, el cual incidía en la documentación exigida a los beneficiarios en el momento de la presentación de la solicitud de certificación y pago de la ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía, por ello es necesario modificar el artículo 32.2.a) de las bases regulatorias para adaptarlas a la actual legalidad.

En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto orden por la que se modifica la Orden de 24 de abril de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo incluidas en el programa de apoyo al sector vitivinícola en el marco 2019-2023 y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2022.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/205057.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071, Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y se podrán realizar:

a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico:

consulta.vinedo.capder@juntadeandalucia.es

b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de octubre de 2020.- El Director General, Manuel Gómez Galera.

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