Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 04/11/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 28 de octubre de 2020, del Instituto Andaluz de la Mujer, de ampliación de crédito para la Línea 2 de ayudas económicas para mujeres víctima de violencia de género.

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Con fecha 24 de abril de 2020 se publica Resolución de 14 de abril de 2020, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan, con carácter permanente, subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género (BOJA núm. 78, de fecha 24.4.2020), reguladas por Orden de 28 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 125, de 1 de julio de 2016), modificada posteriormente por la Orden de 8 de marzo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 50, de 13 de marzo de 2018).

Se establece en la citada resolución para Línea 2 de Ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo la cantidad de 380.000 euros.

De conformidad con el apartado 2 del dispongo primero de la resolución «las cuantías establecidas en el apartado anterior podrá ampliarse por incrementos en el crédito disponible, en cuyo caso se podrá aprobar una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo».

En el marco de la presente convocatoria, ya se han resuelto 60 expedientes de solicitud para la Línea 2 de ayudas económicas, estando pendiente de resolver 3 expedientes de solicitud más que, cumpliendo todos los requisitos, en este momento no han sido beneficiarias por agotamiento de crédito. A fin de poder continuar con la tramitación de las solicitudes presentadas, así como de las que se prevé se presenten hasta 31 de diciembre, se necesita incrementar el presupuesto inicialmente establecido en la resolución de convocatoria.

En base a lo anterior, habiendo disponibilidades presupuestarias suficientes,

RESUELVO

Primero. Incrementar el crédito establecido para la Línea 2 en la Resolución de 14 de abril de 2020, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocaron, con carácter permanente, subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género, reguladas por Orden de 28 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 125, de 1 de julio de 2016), modificada posteriormente por la Orden de 8 de marzo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 50, de 13 de marzo de 2018), por un importe de 180.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 1631180000 G/31T/48003/00 S0570.

Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Sevilla, 28 de octubre de 2020.- La Directora, Laura Fernández Rubio.

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