Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 216 de 09/11/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 20 de octubre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Jaén, dimanante de autos núm. 951/2019. (PP. 2550/2020).

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NIG: 2305042120190007711.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio-Precario-250.1.2) 951/2019. Negociado: M4.

Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.

De: Coral Homes, S.L.U.

Procuradora: Elena Medina Cuadros.

Letrada: Sra. Carla Belón Bordes.

Contra: Ignorados ocupantes C/ Obispo Arquellada, 5, bj. 2, Jaén.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 951/2019, seguido a instancia de Coral Homes, S.L.U., frente a ignorados ocupantes C/ Obispo Arquellada, 5, bj. 2, Jaén, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 184/2020

En Jaén a 19 de octubre de 2020.

Por don Blas Regidor Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Jaén, han sido vistos los autos de Juicio Verbal sobre desahucio por precario tramitado en este Juzgado con el núm. 951/19, promovidos por la Procuradora de los Tribunales doña Elena María Medina Cuadros, en nombre y representación de Coral Homes, S.L.U., actuando bajo la dirección letrada de doña Carla Belón Bordes, contra los ocupantes desconocidos del inmueble sito en C/ Obispo Arquellada, 5, planta baja, puerta 2, de Jaén, declarados en rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente como estimo la demanda interpuesta, debo condenar y condeno a los ocupantes desconocidos del inmueble, sito en C/ Obispo Arquellada, 5, planta baja, puerta 2, de Jaén, a que procedan al desalojo del citado inmueble dentro del término legal, o de lo contrario se procederá a su lanzamiento, inmueble que vienen ocupando en calidad de precaristas, y ello con imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Jaén (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes C/ Obispo Arquellada, 5, bj. 2, Jaén, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Jaén, a veinte de octubre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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