Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 249 de 29/12/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 10 de mayo de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Andújar, dimanante de autos núm. 700/2017. (PP. 2602/2020).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00180549.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 700/2017. Negociado: 1M.

Sobre: J. Verbal.

Asunción de deuda.

De: Comunidad de Propietarios Sector Huelva.

Procuradora: Sra. María de los Ángeles Mérida González.

Contra: Don Rafael Sánchez Mena.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 700/2017 seguido a instancia de Comunidad de Propietarios Sector Huelva frente a Rafael Sánchez Mena se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«SENTENCIA NÚM. 147/2018

En Andújar, a trece de julio de dos mil dieciocho.

El Sr. don Francisco Manuel Quesada Cobo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Andújar y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal (250.2) 700/2017 seguidos ante este Juzgado, en el que son parte actora Comunidad de Propietarios Sector Huelva y parte demandada Rafael Sánchez Mena.

FALLO

Que estimo íntegramente las pretensiones deducidas por la Procuradora doña María de los Ángeles Mérida González en nombre y representación de Comunidad de Propietarios de Sector Huelva, bloque F-1, de Andújar, y con la asistencia Letrada de doña Pilar Mañas González, contra Rafael Sánchez Mena, y, en consecuencia, condeno a esta a abonar a la actora la cantidad de 1.180,42 € más el interés legal correspondiente.

A dicha cantidad habrán de añadirse las cantidades correspondientes a las cuotas que desde la celebración de la Junta General Ordinaria de mayo de 2017 vayan venciendo y resulten impagadas.

Todo ello con expresa condena en costas para la demandada.

Esta Sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 455 de la LEC).

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Rafael Sánchez Mena, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Andújar, a diez de mayo de dos mil diecinueve.- La Letrado de la Administración de Justicia.

Descargar PDF