Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 250 de 30/12/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Viceconsejería, por la que se acuerda someter a información pública y trámite de audiencia el Anteproyecto de Ley del Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía.

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El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en sus apartado 2 que «sin perjuicio de la consulta previa a la redacción del texto de la iniciativa, cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Asimismo, podrá también recabarse directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto». Por otro lado, el apartado 3 de dicho artículo refiere que «la consulta, audiencia e información públicas reguladas en este artículo deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberán ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros, concisos y reunir toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia».

El artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que «cuando una disposición afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles».

El presente proyecto normativo regula determinadas materias que afectan de forma directa a la ciudadanía, y tiene la finalidad de mostrar el compromiso del gobierno andaluz con las mujeres rurales y del mar, un compromiso con la aplicación de las políticas de igualdad de trato y de no discriminación por razón de género. Todo ello se hace en aplicación de los principios de buena regulación, como son los de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés. En virtud de lo anteriormente expuesto

RESUELVO

Primero. Someter a información pública y trámite de audiencia el Anteproyecto de Ley del Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía, durante el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que la ciudadanía, los organismos, las entidades y los colectivos interesados formulen las alegaciones que estimen pertinentes.

Segundo. El texto del Anteproyecto de Ley quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/ 207790.html

b) En formato papel, en la sede de la Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071, Sevilla, de 9:00 a 14:00 horas.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al Anteproyecto de Ley deberán dirigirse a la Viceconsejería de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, adjuntándose a las mismas, en el supuesto de organismos, entidades y colectivos interesados, la acreditación de la constitución y representación de los mismos y se presentarán:

a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: igualdaddegenero.cagpds@juntadeandalucia.es

b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de diciembre de 2020.- La Viceconsejera, Ana María Corredera Quintana.

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