Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 11/03/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 2 de marzo de 2020, de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Jaén, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes, a efectos de escolarización, de las escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Andalucía, las escuelas infantiles y centros de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias, que imparten el primer ciclo de educación infantil.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden de 8 de marzo de 2011, por la que se regula el procedimiento de admisión para el primer ciclo de la educación infantil en las escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Andalucía y en las escuelas infantiles y centros de educación infantil de convenio, que establece que de acuerdo con el artículo 41.6 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por resolución de la persona titular de cada Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, oído el correspondiente Consejo Escolar Provincial y, en su caso, los Consejos Escolares Municipales, se delimitarán las áreas de influencia en cada provincia, así como sus modificaciones, de acuerdo con el número de puestos escolares autorizados en cada centro educativo y la población de su entorno. Asimismo, se determinarán las áreas limítrofes a las anteriores.

Por todo ello, esta Delegación Territorial, oído el Consejo Escolar Provincial y, en su caso, los Consejos Escolares Municipales,

HA RESUELTO

Primero. Aprobar la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes que imparten el primer ciclo de educación infantil en las escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Andalucía y en las escuelas infantiles y centros de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias, que quedarán expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la finalización del procedimiento ordinario de admisión.

Segundo. Las áreas de influencia y limítrofes a las que se refiere esta resolución estarán vigentes en los procedimientos de admisión que se lleven a cabo a partir de la publicación de esta resolución, en tanto no se proceda a su modificación en la forma prevista en la normativa de aplicación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación y Deporte, de conformidad con lo señalado en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Jaén, 2 de marzo de 2020.- El Delegado, Antonio Sutil Montero.

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