Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 6 de 14/03/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad

Acuerdo de 13 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toma en consideración la aplicación en el Sistema Universitario Andaluz de las medidas preventivas de salud pública, desde el día 16 al 30 de marzo de 2020, en cumplimiento de lo previsto en la Orden del Consejero de Salud y Familias en esta materia.

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La Organización Mundial de la Salud, con fecha 31 de enero de 2020, ha declarado el brote de SARS-CoV-2 como Emergencia de Salud Pública de importancia internacional.

Con el fin de controlar la enfermedad, el Gobierno Andaluz, de forma coordinada y leal con el Gobierno de España, apela a la calma y a la responsabilidad y pondrá todos los medios necesarios para atajar esta epidemia.

El Presidente de la Junta de Andalucía ha anunciado en el día de ayer, 12 de marzo de 2020, la suspensión de la actividad docente presencial en todas las etapas educativas y en todos los centros de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante dos semanas, concretamente desde el lunes 16 hasta el próximo día 30 de marzo, tras la recomendación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Desde la Consejería de Salud y Familias se han adoptado una serie de medidas con el fin de controlar esta enfermedad transmisible en materias competencialmente atribuidas a los distintos departamentos autonómicos, al objeto de proteger la salud pública, y prevenir su pérdida o deterioro. En este contexto, y en el marco competencial que corresponde a la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, se da cumplimiento a lo ordenado por el Presidente de la Junta de Andalucía y por la citada orden en la que se dispone la suspensión de la actividad docente presencial en todos los centros del Sistema Universitario Andaluz durante el período señalado anteriormente.

Esta decisión se adopta en el ejercicio de las facultades de intervención preventiva que le atribuyen los artículos 21 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud Pública de Andalucía, y 24 y 83 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, y pretende una reacción proporcionada y responsable que tiene como objetivo reducir al mínimo los efectos que la enfermedad pueda producir en la prestación del servicio universitario en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma.

Además, durante el plazo razonable de su vigencia, deberá ser revisada en función de la evolución del riesgo observado y del tipo de información científica que sobre el mismo se vaya produciendo. Por ello, y antes de que concluya el plazo establecido, se adoptarán las medidas necesarias para la debida protección de la salud en el Sistema Universitario Andaluz.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 13 de marzo de 2020,

ACUERDA

Primero. Tomar en consideración la aplicación en el Sistema Universitario Andaluz de las medidas preventivas de Salud Pública adoptadas en cumplimiento de lo previsto en la Orden del Consejero de Salud y Familias en esta materia, por la que se suspenden las actividades docentes presenciales desde el próximo día 16 hasta el 30 de marzo de 2020.

Segundo. Por el Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad se dará cuenta inmediata a todas y cada una de las Universidades que constituyen el Sistema Universitario Andaluz.

Sevilla, 13 de marzo de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ROGELIO VELASCO PÉREZ

Consejero de Economía, Conocimiento,
Empresas y Universidad
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