Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 04/06/2021

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 28 de mayo de 2021, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2021.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00193343.

De conformidad con en el artículo 13.1 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, que establece que «Durante el año 2021 se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, hasta el máximo que se establezca por la legislación básica estatal».

De acuerdo con lo establecido en el artículo 19.Uno.1 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 establece que: «La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo y se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del 110 por cien en los sectores prioritarios y del 100 por cien en los demás sectores.

3. Se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición: …

…I) Plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52  de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.

Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado. 3.»

La Ley Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 establece, por otra parte, en el artículo 19. 6 lo que no computa para el límite máximo de la tasa de reposición y en su apartado 7, el procedimiento de cálculo de la tasa de reposición de efectivos, a efectos de aplicar el porcentaje máximo en cada caso.

Teniendo en cuenta estos apartados, el cálculo de la tasa de reposición asciende a 47 plazas para el año 2021. Además, de conformidad con lo establecido en el citado apartado 7, se incluyen 8 plazas de Catedrático de Universidad que se proveerán mediante procesos de promoción interna.

Conforme a lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021; en el artículo 13 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021 y en el acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2021.

Este Rectorado, en virtud de las competencias que le están atribuidas conforme a la ley, y efectuada negociación con los órganos de representación del Personal Docente e Investigador,

ha resuelto

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Docente e Investigador de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla para el año 2021, aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2021.

Segundo. En la Oferta de Empleo Público se incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes y deben proveerse mediante personal de nuevo ingreso, que se determina en el anexo.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la convocatoria para cubrir las plazas anunciadas se realizará mediante resolución del Rector que se publicará en los Boletines Oficiales correspondientes y se ejecutará dentro del plazo máximo establecido.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al recibo de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguiente de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 31 de mayo de 2021.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.

ANEXO

Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla Año 2021

GRUPO CUERPO/CATEGORÍA TOTAL DE PLAZAS
A1 Profesores Titulares de Universidad en aplicación de la tasa de reposición. 29
A1 Profesores Contratados Doctores en aplicación de la tasa de reposición. 11
A1
Profesores Titulares de Universidad por incorporación de Ramón y Cajal, en aplicación de la tasa de reposición, para personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3, en aquella categoría para la que se esté acreditado.
En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3, en aquella categoría para la que se esté acreditado.
7
A1 TOTAL PLAZAS DE NUEVO INGRESO 47
A1 PROMOCIÓN INTERNA: Catedráticos de Universidad que se convocan para su provisión mediante procesos de promoción interna. 8
Descargar PDF