Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 23/06/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 14 de junio 2021, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas previstas en la Orden de 8 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero de Andalucía, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020.

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BDNS: 570221 y 570222

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index

y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el año 2021, las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero Andaluz, reguladas por la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, de 8 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero de Andalucía, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020. Se harán efectivas a través de los siguientes créditos presupuestarios con arreglo a la cuantía total máxima que se especifica a continuación:

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser personas o entidades beneficiarias de las ayudas a los proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo las personas físicas o jurídicas, así como las agrupaciones de personas físicas o jurídicas identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; las entidades sin ánimo de lucro; las cofradías de pescadores, sus federaciones y otras entidades públicas; las corporaciones locales; y los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero, siempre que cumplan las condiciones y reúnan los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden de 8 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero de Andalucía, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020.

Tercero. Objeto.

Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de ayudas públicas a los proyectos que se presenten al amparo de las Estrategias de Desarrollo Local Participativos aprobadas a los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero. Estas estrategias tienen como fin la consecución de los objetivos contemplados en el artículo 63 del Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 2328/2003 (CE) núm. 861/2006 (CE) núm. 1198/2006 y (CE) núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 8 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero de Andalucía, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020 (BOJA núm. 91, de 14 de mayo de 2021).

Quinto. Cuantía.

1. La cuantía total máxima convocada se distribuye entre los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero en atención al Plan Financiero aprobado para sus Estrategias de Desarrollo Local Participativo, teniendo en consideración tanto aquellas partidas de sus estrategias ya aplicadas, bien porque se han ejecutado o están en previsión de ejecutarse, como aquellas otras pendientes de aplicación.

2. La cuantía total máxima convocada para cada uno de los Grupos de Acción Locales tiene carácter estimativo, quedando vinculados los créditos presupuestarios establecidos para cada grupo de tal manera que, en caso de agotarse, podrían ser compensados con otro u otros de los créditos convocados para ese mismo grupo.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24392/como-solicitar.html

así como en la sede de la Consejería de Agricultura, Ganadería Pesca y Desarrollo Sostenible y de sus órganos periféricos.

Sevilla, 14 de junio de 2021.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, P.D. (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019), la Viceconsejera, Ana María Corredera Quintana.

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