Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 16/07/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Financiación Europea

Orden de 9 de julio de 2021, de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora de la entidad «Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M.»

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Examinado el expediente de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora de la entidad «Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M.», seguido en la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, se procede a dictar orden con base en los siguientes.

HECHOS

Primero. La entidad aseguradora «Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M.», en adelante la Mutualidad, fue autorizada para operar en las previsiones de riesgos para las personas, en su modalidad de accidentes y enfermedad, defensa jurídica, asistencia y defunción, e inscrita en el Registro administrativo especial de entidades aseguradoras y de sus altos cargos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con la clave MPSAN E-018.

Segundo. Mediante Resolución de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería de fecha 16 de febrero de 2021, se acordó la inscripción de los acuerdos de disolución y de nombramiento de liquidadores adoptados por la Mutualidad en asamblea general extraordinaria celebrada el 19 de octubre de 2019.

Tercero. Con fecha 7 de mayo de 2021, se solicitó a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital el informe preceptivo para la revocación de la autorización administrativa, el cual ha tenido entrada en el Registro electrónico de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea con fecha 2 de julio de 2021, siendo favorable a la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora de la Mutualidad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La persona titular de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea es competente para resolver en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, en relación con el artículo 1.2 del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea. Dicha competencia se encuentra delegada en la persona titular de la Secretaría General de Hacienda mediante el artículo 12.b) de la Orden de 20 de noviembre de 2018, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales, en relación con la disposición transitoria tercera del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre.

Segundo. Se han cumplido los trámites exigidos en los artículos 19 y 169 de la Ley 20/2015, de 14 de julio.

Tercero. El artículo 169.4.d) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, establece como causa de revocación de la autorización administrativa concedida a una entidad aseguradora el acuerdo de disolución adoptado por la misma, por lo que procede revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora.

Vistos los preceptos legales citados y los demás de general aplicación,

DISPONGO

Único. Revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora de la entidad aseguradora «Mutualidad de Previsión Social de los Trabajadores de Transportes Urbanos de Sevilla, S.A.M.», cuya clave de inscripción es MPSAN E-018.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 112.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se podrá interponer, según lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, o, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de julio de 2021.- El Consejero de Hacienda y Financiación Europea P.D. (art. 12 Orden de 20.11.2018, BOJA núm. 228, de 26.11.2018), el Secretario General de Hacienda, Ignacio José Méndez Cortegano.

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